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BOC Nº 031. Viernes 12 de Marzo de 1993 - 509

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

509 - RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 1993, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Resoluciones a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Resolución recaída en el expediente incoado contra los mismos, por infracción a la normativa turística y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias.

2.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 91/00659. TITULAR: Ángel de Marco. ESTABLECIMIENTO: La Porción (Pizzería). POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria. HECHOS: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de la Administración turística canaria. Se adjunta fotocopia del Acta de Inspección nº 91/503. INFRACCIÓN: artículo 6º de la Orden de 17.3.65, por la que se aprueba la Ordenación Turística de Restaurantes. CALIFICACIÓN: grave. EN BASE A: artículo 9º.b), en relación con el artículo 8º.Ll) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 250.000 pesetas.

2) Nº EXPTE.: 91/00691. TITULAR: Luciano Calcines Reyes. ESTABLECIMIENTO: Guize (Bar) 1ª. POBLACIÓN: Puerto del Rosario. HECHOS: no exhibir, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, la relación de servicios con los precios que rigen en la prestación de los mismos. No anunciar la existencia de Hojas de Reclamaciones. INFRACCIÓN: artº. 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artículo 1º y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. Artículo 4º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artículo 7º.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 5.000 pesetas.

3) Nº EXPTE.: 91/00694. TITULAR: Antonio Jesús Perera Navarro. ESTABLECIMIENTO: Coco Loco (Restaurante) 3º. POBLACIÓN: Teguise. HECHOS: continuar la explotación turística del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor, a la Administración turística canaria, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión. Se adjunta fotocopia del Acta de Inspección nº 91/288. INFRACCIÓN: artículos 2º y 5º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos. CALIFICACIÓN: grave. EN BASE A: artículo 8º.c) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 100.001 pesetas.

4) Nº EXPTE.: 91/00695. TITULAR: Hotelera de Teguise, S.L. ESTABLECIMIENTO: Playa Roca (Apartamentos). POBLACIÓN: Teguise. HECHOS: realizar la actividad de alojamiento, en la modalidad turística de apartamentos, en el establecimiento de referencia, compuesto por 78 unidades alojativas, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de la Administración turística canaria. Se adjunta fotocopia del Acta de Inspección nº 91/289. INFRACCIÓN: artículos 8º y 12.1 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos. CALIFICACIÓN: muy grave. EN BASE A: artículo 9º.b) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. Remitido Servicio Jurídico para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (28.1.93). SANCIÓN: 2.280.000 pesetas.

5) Nº EXPTE.: 91/00696. TITULAR: Sergio F. Santana Reyes. ESTABLECIMIENTO: Penélope (Bar Discoteca). POBLACIÓN: Tías. HECHOS: no exhibir, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, la relación de servicios con los precios que rigen en la prestación de los mismos. No anunciar la existencia de Hojas de Reclamaciones. Se adjunta fotocopia de las Actas de Inspección núms. 91/292 y 91/10300. INFRACCIÓN: artº. 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artículo 1º, y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. Artículo 4º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artículo 7º.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 10.000 pesetas.

6) Nº EXPTE.: 91/00717. TITULAR: Guvasa. ESTABLECIMIENTO: Club Fortuna (Apartamentos). POBLACIÓN: Teguise. HECHOS: realizar la actividad de alojamiento, en la modalidad turística de apartamentos, en el establecimiento de referencia, compuesto por 18 unidades alojativas, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de la Administración turística canaria. Se adjunta fotocopia del Acta de Inspección nº 91/4157. INFRACCIÓN: artículos 8º y 12.1 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos. CALIFICACIÓN: grave. EN BASE A: artº. 9.b), en relación con el artº. 8.Ll) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. SANCIÓN: 740.000 pesetas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de febrero de 1993.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.

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