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BOC Nº 031. Viernes 12 de Marzo de 1993 - 363

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL - A.Vilaflor (Tenerife)

363 - ANUNCIO de 18 de febrero de 1993, relativo a delegación de funciones en materia de gestión tributaria del Impuesto sobre Actividades Económicas.

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La Corporación, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 4 de febrero de 1993, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo: Delegación de competencias en el Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife, en relación con el Impuesto sobre Actividades Económicas.

Vista la propuesta de la Alcaldía y el informe de Secretaría-Intervención, los señores miembros asistentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 82.3 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, acordaron por unanimidad, lo que supone la mayoría absoluta legal, lo siguiente:

“1º) Revocar el Acuerdo plenario de fecha 3 de octubre de 1991 de delegación de competencias que en relación al Impuesto sobre Actividades Económicas le atribuye el apartado 2 del artículo 92 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, durante el año 1993, a la Delegación de Hacienda.

2º) Delegar en el Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife, al amparo de lo previsto en el artículo 7.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre Actividades Económicas, que se concretan en las siguientes:

- Concesión y denegación de exenciones y bonificaciones.

- Realización de liquidaciones para determinar las deudas tributarias.

- Elaboración y emisión de listados de documentos cobratorios.

- Prácticas de notificaciones colectivas en valores recibos y, en su caso, individuales en las liquidaciones por ingresos directos.

- Dictar la providencia de apremio y expedir certificaciones de descubierto. - Recaudación de las deudas, tanto de periodo voluntario como ejecutivo. - Liquidación de intereses de demora.

- Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos. - Resolución de los recursos que se interpongan contra los actos anteriores.

- Realización de funciones de colaboración con la Inspección Tributaria del Estado en la comprobación del impuesto. 3º) Dar traslado del presente Acuerdo plenario al Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife y a la Delegación de Hacienda de Santa Cruz de Tenerife.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

Vilaflor, a 18 de febrero de 1993.- El Alcalde, José Luis Fumero González.

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