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BOC Nº 031. Viernes 12 de Marzo de 1993 - 351

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

351 - RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 1993, de la Secretaría General Técnica, por la que se delegan en los Secretarios Territoriales de Santa Cruz de Tenerife y de Las Palmas, competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica.

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El Decreto 68/1986, de 18 de abril (B.O.C.A.C. nº 56, de 14 de mayo de 1986), en su artículo 16, atribuye a esta Secretaría General Técnica determinadas competencias. Con el fin de dotar de una mayor agilidad y eficacia la gestión de las Secretarías Territoriales se hace conveniente delegar en los Jefes de Servicio de las referidas Unidades de Santa Cruz de Tenerife y de Las Palmas, algunas de aquellas competencias atribuidas a esta Secretaría General Técnica.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en los Jefes de Servicio de las Secretarías Territoriales las siguientes competencias:

- El visado y tramitación de las nóminas de retribuciones, incidencias y valoraciones de los efectivos reales del personal del Departamento y seguros sociales confeccionados por los respectivos Habilitados, así como la firma de los documentos contables que se deriven de esta función.

- La adopción de las Resoluciones y actos administrativos derivados de la tramitación de los expedientes de expropiación forzosa y de sus incidencias.

- La adopción de las Resoluciones de adjudicación de los contratos de obras, suministros, servicios o asistencia técnica y para la realización de trabajos específicos y concretos, no habituales de carácter excepcional, cuyo importe no exceda de la cuantía que se fije en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, que tengan la consideración de contratos menores y que se abonen con cargo a los créditos asignados a la Secretaría General Técnica, así como la firma de los documentos contables que se deriven de esta función.

- La recepción de declaraciones responsables a que hacen referencia los artículos 11 del Decreto 18/1991, de 21 de febrero, del Gobierno de Canarias, y 23 del Reglamento General de Contratación, aprobado por Decreto 3.410/1975, de 25 de noviembre.

Segundo.- En las Resoluciones y los documentos que se formalicen, al amparo de las delegaciones enunciadas en los apartados anteriores, se hará constar que los mismos se otorgan por delegación del Secretario General Técnico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas.

Tercero.- La presente delegación lo es sin perjuicio de las funciones ya encomendadas a los Jefes de Servicio de las Secretarías Territoriales por la Orden de 16 de diciembre de 1985 (B.O.C.A.C. nº 156, de 27 de diciembre).

La presente Resolución tendrá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 1993.- El Secretario General Técnico, Manuel Cambreleng Barrera.

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