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BOC Nº 029. Lunes 8 de Marzo de 1993 - 331

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Industria, Comercio y Consumo

331 - ORDEN de 25 de febrero de 1993, por la que se aprueban las tarifas de transporte urbano de viajeros de los municipios de La Laguna, La Orotava y Puerto de la Cruz, presentadas por T.I.T.S.A. (Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A.).

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Vista la petición formulada por T.I.T.S.A. (Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A.), en solicitud de aumento de las tarifas de transporte urbano de viajeros de los municipios de La Laguna, La Orotava y Puerto de la Cruz.

RESULTANDO

Primero.- Que la empresa Transportes Interurbanos de Tenerife (T.I.T.S.A.) acordó proponer a la Comisión Territorial de Precios las siguientes tarifas de transporte urbano de viajeros para los municipios de La Laguna, La Orotava y Puerto de la Cruz:

- Viaje/viajero/billete ordinario 100 ptas. - Viaje/viajero/bono-bus servicio urbano 55 ptas.

Segundo.- Que la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, en su sesión ordinaria celebrada el 17 de febrero de 1993, acordó proponer las siguientes tarifas: - Viaje/viajero billete ordinario 100 ptas. - Viaje/viajero/bono-bus servicio urbano 50 ptas.

CONSIDERANDO

Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 20 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, los Decretos del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto; 147/1991, de 17 de julio, de reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 251/1991, de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Aprobar las tarifas de transporte urbano de viajeros de los municipios de La Laguna, La Orotava y Puerto de la Cruz que a continuación se expresan, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias:

- Viaje/viajero/billete ordinario 100 ptas. - Viaje/viajero/bono-bus servicio urbano 50 ptas.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y el artículo 52 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 1993.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y CONSUMO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, Andrés Calvo González.

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