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1993/027 - Miércoles 03 de Marzo de 1993

VI. ANUNCIOS
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C.I.de Tenerife

Regresar al sumario 452 ANUNCIO de 15 de febrero de 1993, sobre notificación de Resoluciones en materia de infracciones administrativas de caza.

Providencia de 15 de febrero de 1993, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de caza que se relacionan, sobre notificación de Resoluciones en materia de infracciones administrativas de caza.

Ante la imposibilidad de localizar a las personas denunciadas que seguidamente se relacionan, y siendo preciso notificarles la oportuna Resolución como consecuencia de las denuncias formuladas contra ellas, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, las Resoluciones formuladas con ocasión de los expedientes que les han sido instruidos por este Cabildo por infracción administrativa en materia de caza.

Las cantidades correspondientes a las multas, sustituciones de comisos e indemnizaciones se deberán abonar en metálico en el plazo de quince días contados a partir de la notificación de la Resolución, mediante ingreso de tales cantidades en la cuenta corriente de Cajacanarias nš 245-5, debiendo presentarse justificante de dicho ingreso en el Departamento de Caza de esta Corporación. Si no se llevare a cabo en dicho plazo se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.

Significar asimismo que el rescate de armas, cuando se haya acordado, podrá obtenerse previo abono en papel de pagos al Estado de las cantidades señaladas, en los plazos establecidos en el apartado anterior, dándose a las armas no rescatadas, el destino que ordena el artículo 48 del Código Penal.

Contra las Resoluciones recaídas podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente en el plazo de 15 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente notificación y contra la resolución de éste, contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, si se produce de forma expresa o de un año si el recurso de alzada se resuelve por silencio administrativo; pudiendo interponerse, asimismo, cualquier otro recurso que crea conveniente.

1) Nš EXPTE.: 141b/92; DENUNCIADO: D. José Francisco Álvarez Morales; HECHO INFRACTOR: cazar con tres perros y un hurón en época de veda; FECHA INFRACCIÓN: 7 de junio de 1992, a las 16.00 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: El Chiratal, término municipal de Guía de Isora; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.18; CALIFICACIÓN: grave; SANCIÓN: cinco mil (5.000) pesetas.

2) Nš EXPTE.: 149/92; DENUNCIADO: D. Francisco J. Fumero Hernández; HECHO INFRACTOR: cazar con tres perros en época de veda; FECHA INFRACCIÓN: 28 de junio de 1992, a las 20.30 horas; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: La Vica, término municipal de Arafo; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.18; CALIFICACIÓN: grave; SANCIÓN: cinco mil (5.000) pesetas; COMISO: tres mil (3.000) pesetas.

3) Nš EXPTE.: 179/92; DENUNCIADO: D. Claudio Sánchez Hernández; HECHO INFRACTOR: cazar con cinco perros en época de veda; FECHA INFRACCIÓN: 8 de julio de 1992; LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Cafetana, término municipal de San Miguel; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.18; CALIFICACIÓN: grave; SANCIÓN: siete mil quinientas (7.500) pesetas; COMISO: cinco mil (5.000) pesetas.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de febrero de 1993.- La Instructora, María Jesús Díaz López de Vergara.

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