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BOC Nº 025. Viernes 26 de Febrero de 1993 - 416

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

416 - RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 1993, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Pliegos de Cargos a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos o actividades turísticas que se relacionan y siendo preciso notificarles el oportuno Pliego de Cargos, como consecuencia de las denuncias o Actas de Inspección formuladas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos o actividades turísticas que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido en esta Dirección General por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.

2.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Nº EXPTE.: 92/00417. TITULAR: General Goded, S.L. ESTABLECIMIENTO: Bar Elotro. POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife. HECHOS: - No exhibir, tanto en el interior como el exterior del establecimiento, la relación de servicios con los precios que rigen en la prestación de los mismos. - No anunciar la existencia de las Hojas de Reclamaciones en la forma exigida reglamentariamente. Los anteriores hechos se constatan en el Acta de Inspección nº 12376 de fecha 29 de septiembre de 1992. FECHA INFRACCIÓN: 29.9.92. INFRACCIÓN: - Artº. 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artículo 1º y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. - Artículo 4º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artº. 7.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril (B.O.C. de 11.4.86). SANCIÓN: sin cuantificar.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 1993.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.

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