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BOC Nº 025. Viernes 26 de Febrero de 1993 - 415

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

415 - RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 1993, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Resoluciones a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos o actividades turísticas que se relacionan y siendo preciso notificarles la Resolución recaída en el expediente incoado contra los mismos, por infracción a la normativa turística, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos o actividades turísticas que se citan, la Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias.

2.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 91/00238. TITULAR: Malva Disco, S.A. ESTABLECIMIENTO: Discoteca Victoria. POBLACIÓN: Puerto de la Cruz. HECHOS: no haber remitido a la Administración turística la copia color azul de la Hoja de Reclamación nº 0080575, según se constata en el informe emitido por el Negociado de “Registro General”. INFRACCIÓN: artículo 7º de la Orden de 13.11.86. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artº. 8.g) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril (B.O.C. de 11.4.86). SANCIÓN: 10.000 pesetas.

2) Nº EXPTE.: 91/00455. TITULAR: Carolina Almazan González. ESTABLECIMIENTO: Restaurante Pizzería da Luigi. POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife. HECHOS: no notificar a la Administración turística competente el precio de los refrescos y de las cervezas y haber percibido por los helados un precio superior al notificado a dicha Administración, según se desprende de la factura adjunta a la reclamación formulada por D. José Manuel Yanes Avero y de la consulta a los archivos correspondientes. INFRACCIÓN: artº. 30.1 de la Orden de 17.3.65, modificado por la Orden de 29.6.78. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artº. 8.d) y e) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril (B.O.C. de 11.4.86). SANCIÓN: 50.000 pesetas.

3) Nº EXPTE.: 91/00472. TITULAR: Malva Disco, S.A. ESTABLECIMIENTO: Discoteca Victoria. POBLACIÓN: Puerto de la Cruz. HECHOS: trato discriminatorio dispensado a los clientes D. Ramón Guzmán Sánchez y D. Enrique Francisco Mateo al acceder al establecimiento y negativa a facilitarles las Hojas de Reclamaciones, según se desprende de la denuncia formulada ante la Policía Municipal del Puerto de la Cruz. INFRACCIÓN: artº. 9.c) de la Orden de 17.3.65, en relación con el artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70 y artículo 2º.1 de la Orden de 13.11.86. CALIFICACIÓN: leve. EN BASE A: artº. 8.f) en relación con el artº. 7.d) Ley 3/1986, de 8 de abril (B.O.C. de 11.4.86). SANCIÓN: 100.000 pesetas.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 1993.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.

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