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Se hace saber a la empresa operadora Fernando Cubas Rodríguez, que se halla en ignorado paradero, que con fecha 21 de marzo de 1989, por este Centro Directivo se ha procedido a dar de baja definitiva para su explotación a las máquinas recreativas de tipo A y B que a continuación se reseñan, de conformidad con el Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias:
TF-A-85266; TF-A-85265; TF-A-85264; TF-A-85263; TF-A-85262; TF-A-85261; TF-A-85260; TF-B-7482; TF-B-7481; TF-B-7480; TF-B-7479; TF-B-7478; TF-B-7477; TF-B-7476; TF-B-7475; TF-B-7474; TF-B-7473; TF-B-7472; TF-B-7471; TF-B-7470; TF-B-7469 y TF-B-7468.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de febrero de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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