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Se hace saber a D. Dorel Chetta, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 6/93, por infracción a la normativa sobre el juego, por haberse comprobado que el día 28 de diciembre de 1992 se encontraba en la trasera del Hotel Las Palmeras D. Dorel Chetta realizando la actividad prohibida denominada juego de los triles, en plena vía pública, interviniéndosele los siguientes efectos: tres tacos de goma, así como la cantidad de 10.000 pesetas.
Lo que supone infracción a los artículos 5, 6 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los juegos y apuestas en Canarias (B.O.C.A.C. nº 158, de 31.12.85), así como al artículo 1º del Decreto 57/1986, de 4 de abril, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados en Canarias (B.O.C.A.C. nº 42, de 11.4.86).
Sancionándose como disponen los artículos 21.2.1.a), 22 y siguientes de la citada Ley 6/1985, de 30 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 137.1 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de 8 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que pueda alegar cuanto considere en su defensa.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de enero de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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