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BOC Nº 023. Lunes 22 de Febrero de 1993 - 261

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL Y - A.San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria)

261 - ANUNCIO de 26 de enero de 1993, por el que se hacen públicas las bases y convocatoria para la provisión en propiedad de 41 plazas de Agentes de la Policía Local de la plantilla de personal de este Ayuntamiento.

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En ejecución del Acuerdo Plenario de fecha 28 de febrero de 1992 por el que se estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto contra las bases de convocatoria para la provisión en propiedad de 41 plazas de Agentes de la Policía Local, por medio del presente anuncio se hace público que serán aplicables a la citada convocatoria las bases unitarias de convocatoria aprobadas por Acuerdo Plenario de 27 de septiembre de 1991 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de fecha 30 de octubre de 1991, así como el anexo VIII de las citadas bases que se publica por este anuncio y en el que se recogen las modificaciones introducidas en virtud del recurso de reposición citado.

Asimismo, en ejecución del citado Acuerdo Plenario de fecha 27 de septiembre de 1991, se abre un nuevo plazo de presentación de instancias de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. No tendrán que presentar nueva instancia todos aquellos aspirantes que la hubiesen presentado ya dentro del plazo, como consecuencia de la publicación de la convocatoria y sus bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de fecha 30 de octubre de 1991 y en el Boletín Oficial del Estado de fecha 22 de noviembre de 1991.

A N E X O VIII

1.- Características de la plaza convocada.

- Denominación: las plazas que se convocan están encuadradas en el Grupo D, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría Agente.

- Función: 144.

- Carácter de la provisión: funcionario de carrera.

- Retribuciones anuales brutas: las plazas convocadas están dotadas con un sueldo anual, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones complementarias que les correspondan con arreglo a la legislación vigente y al Presupuesto ordinario de esta Corporación.

2.- Número de plazas convocadas: 41 (cuarenta y una).

3.- Requisitos específicos que habrán de reunir los aspirantes a la plaza convocada: además de los requisitos expuestos en la base segunda, los aspirantes habrán de reunir los siguientes:

1) Tener cumplidos los 18 años y no exceder de los 30. A estos efectos se compensará el límite establecido con los servicios prestados anteriormente en la Administración Local cualquiera que sea la naturaleza de los mismos.

2) Poseer la estatura mínima de 165 centímetros.

3) Estar en posesión del Título de Graduado Escolar o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A-2 y B-2. La titularidad de dichos permisos deberá poseerse antes de que finalice el plazo de presentación de instancias.

4.- Sistema de selección.

El sistema de selección será el de concurso-oposición.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio:

Primer ejercicio.- Aptitud física.

Los aspirantes admitidos deberán superar las siguientes pruebas de aptitud física que tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para alcanzar la calificación de apto, superar con suficiencia las cuatro pruebas que se señalan:

1. Saltar, con estilo libre, una altura de 115 centímetros con carrera.

2. Saltar una longitud de 250 centímetros con carrera.

3. Subir con una cuerda lisa hasta una altura de 4 metros y descender.

4. Correr una distancia de 60 metros en un tiempo de diez segundos.

Sólo se permitirán dos intentos en cada una de las pruebas físicas. Segundo ejercicio.- Dictado.

De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en desarrollar un ejercicio al dictado que elegirá el Tribunal momentos antes de la prueba y durante un tiempo máximo de 15 minutos. En este ejercicio se valorará especialmente la caligrafía, ortografía, corrección y limpieza del escrito.

Tercer ejercicio.- Consistirá en contestar oralmente 2 temas extraídos al azar, uno de la “primera parte” y otro de la “segunda parte” durante un máximo de 20 minutos, del siguiente programa:

Primera parte:

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios fundamentales. Derechos y deberes de los españoles.

Tema 2. Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Disposiciones generales.

Tema 3. Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Disposiciones estatutarias comunes.

Tema 4. El Delito.- Concepto y elementos.

Tema 5. Personas responsables de los delitos y faltas.

Tema 6. La detención.- Casuística.

Tema 7. La detención ilegal.

Tema 8. Funcionarios públicos.- Concepto. Clases de funcionarios.

Tema 9. Funcionarios de Administración Local.- Concepto y clases.

Tema 10. Derechos y deberes de los funcionarios públicos.

Segunda parte:

Tema 1. Espectáculos y establecimientos públicos.

Tema 2. Los transportes públicos terrestres.

Tema 3. La Ley de Seguridad Vial.- Objeto y ámbito de aplicación.

Tema 4. Normas de comportamiento en la circulación.- Usuarios y conductores. Normas generales de conductores.

Tema 5. Ley de Seguridad Vial. Límites de velocidad. Tema 6. Ley de Seguridad Vial. El adelantamiento. Paradas.

Tema 7. Ley de Seguridad Vial: anexo de las nuevas definiciones de conductor, peatón, vehículo a motor, turismo, motocicletas, acera, arcén, autopista, autovía, vía rápida, travesía, detención, paradas y estacionamientos.

Tema 8. Depósitos municipales de vehículos.

Tema 9. Depósitos municipales de vehículos: inmovilización y traslado, medidas a tomar para la retirada de vehículos.

Tema 10. Las Ordenanzas Municipales y Disciplina Urbanística.

Previamente a la celebración del primero de los ejercicios, los aspirantes admitidos deberán superar favorablemente el reconocimiento médico que será llevado a efecto por el facultativo que designe el Presidente de la Corporación, con sujeción a los siguientes criterios:

A) Relación peso-talla.

El peso máximo admitido se deduce de la siguiente fórmula:

P = (T - 100) + 10

El peso mínimo admitido se deduce de la siguiente fórmula:

P = (T - 100) - 10

NOTA: P = Peso expresado en kilogramos. T = Talla expresada en centímetros.

B) Exclusiones circunstanciales.

Enfermedades o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas.

C) Exclusiones definitivas de carácter general.

Defectos físicos congénitos o adquiridos, de cualquier tipo o localización, que dificulten las funciones o actividades específicas del puesto de trabajo. Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema que dificulten las funciones a desempeñar.

A los efectos de este reconocimiento, se hará público el día, lugar y hora en que haya de llevarse a cabo. Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en la valoración de los siguientes méritos:

1) Por la realización de cursos de formación y especialización acreditada fehacientemente:

- Por cada curso en materia de policía local impartido por el Instituto de Estudios de Administración Local: 1 punto.

- Por cada curso en materia de socorrismo: 0,5 puntos.

- Por otros cursos en materia de policía local: 0,10 puntos.

2) Por la posesión de la titulación de Bachiller Superior o Formación Profesional de segundo grado o equivalente acreditado fehacientemente: 1 punto.

3) Por la posesión de titulación universitaria de grado medio o superior, acreditada fehacientemente: 1,5 puntos.

4) Por cada año o fracción superior a seis meses de servicios prestados como Policía en cualquier Administración Pública y con un máximo de 4,5 puntos: 1,5 puntos.

5.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador de los ejercicios y méritos de los aspirantes se constituirá en aplicación del Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre, en concordancia con el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de la siguiente forma:

Presidente: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: el Director o Jefe del respectivo servicio dentro de la especialidad o, en su defecto, un técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación; un representante del Colegio Oficial respectivo de la Comunidad Autónoma o de no haberlo, un representante designado por la Administración del Estado o, en su caso, por la Comunidad Autónoma que corresponda; dos funcionarios de carrera, si los hubiere, designados por la Corporación Local. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

6.- Sistema de calificación.

Primer ejercicio.- Cada una de las pruebas que lo integran se valorará con 2,5 puntos, siendo necesaria la obtención de 10 puntos para pasar al siguiente ejercicio.

Segundo ejercicio.- Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 5 puntos para superar el mismo.

Tercer ejercicio.- Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 5 puntos para superar el mismo.

En todos los ejercicios, la calificación de cada uno de ellos se calculará por el sistema de hallar la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal.

Una vez efectuada la calificación definitiva de la oposición y superada dicha fase, se procederá a la calificación o valoración de los méritos alegados y acreditados fehacientemente por el aspirante, procediéndose a hallar la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

7.- Documentación que deberán presentar los aspirantes seleccionados. Los aspirantes que hubieren superado las pruebas selectivas deberán presentar en el plazo al que se refiere la base undécima la siguiente documentación:

a) Certificado de nacimiento, expedido por el Registro Civil correspondiente.

b) Copia autenticada o fotocopia, que deberá presentarse acompañada del original para su compulsa, del título de enseñanza exigido para tomar parte en el proceso selectivo o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuvieren expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el momento en que concluyeron sus estudios.

c) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad.

d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función. Este certificado deberá ser expedido por la Jefatura Provincial de Sanidad.

e) Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

San Bartolomé de Tirajana, a 26 de enero de 1993.- El Alcalde-Presidente, José Juan Santana Quintana.

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