Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 023. Lunes 22 de Febrero de 1993 - 254

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Sanidad y Asuntos Sociales

254 - ORDEN de 15 de febrero de 1993, por la que se aprueban las bases que han de regir el procedimiento de selección del personal que integrará las listas de reserva, a efectos de sustituciones del personal laboral fijo, en determinados centros dependientes de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.

Descargar en formato pdf

La necesidad de agilizar el procedimiento de contratación de personal en régimen temporal para cubrir las vacantes que se produzcan por ausencia del titular en determinados puestos de trabajo exige la elaboración y aprobación de unas bases que configuren un sistema objetivo de selección, mediante Listas de Reserva, que a su vez, permitan conciliar los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en la selección de los futuros aspirantes con los de urgencia e inmediatez en la cobertura temporal de las vacantes producidas.

En su virtud, en uso de las facultades previstas en el artículo 29.b) de la Ley 14/1990, de 16 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, a la vista de lo dispuesto en el artículo 7 del III Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias y de mutuo acuerdo con los representantes de los trabajadores,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se aprueban las bases que han de regir el procedimiento de selección del personal que integrará las listas de reserva a efectos de las sustituciones del personal laboral fijo en determinados Centros dependientes del Departamento, en los términos del anexo.

BASES

Primera: requisitos.

Los requisitos que han de reunir los aspirantes son los siguientes:

1.- Tener nacionalidad española.

2.- Tener 16 años cumplidos.

3.- Estar en posesión de la titulación académica y de los requisitos que para cada categoría figuran en el anexo II.

4.- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio en ninguna de las Administraciones Públicas, ni haber sido inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

6.- Estar inscrito en el INEM como demandante o mejora de empleo. Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán mediante la presentación de la documentación siguiente:

- 1 y 2, fotocopia del D.N.I.

- 3, documento original o fotocopia.

- 4 y 5, declaración responsable (Modelo). - 6, tarjeta acreditativa de la condición de demandante de empleo del titular.

- Fotocopia del libro de familia si los familiares dependen económicamente del solicitante.

Segunda: instancias.

Las instancias para tomar parte en el proceso selectivo se ajustan al modelo que figura como anexo III de esta convocatoria y podrán ser retiradas y presentadas en los siguientes locales:

- En todos los Centros de trabajo que figuran en el anexo I. Cada solicitante sólo podrá participar por una categoría profesional y un Centro de Trabajo. - En los Módulos Insulares de Servicios Sociales:

. Lanzarote. Transversal de la calle García Escámez. . Fuerteventura. Calle Tenerife, 54. . La Palma. Calle Virgen de la Luz, 7. . La Gomera. Trasera, s/n. . El Hierro. Calle Corredera, 4-bis. Núcleo Vergara.

Las instancias podrán ser presentadas igualmente en las Oficinas Centrales de Registro de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo previsto en el Decreto 100/1985, de 19 de abril, por el que se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y sin perjuicio de lo establecido en el artº. 68 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

En el momento de presentar la solicitud, se acompañará la documentación que acredite tanto el cumplimiento de los requisitos, como los méritos alegados.

Tercera: plazo.

El plazo de admisión de instancias será de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria. Dentro de los 5 días siguientes a la conclusión del plazo, las Unidades de Registros remitirán a las Comisiones de Selección de los Centros respectivos, relación numerada de las solicitudes, acompañando toda la documentación presentada por los aspirantes.

Cuarta: Comisión de Selección.

Las Comisiones de Selección estarán compuestas por tres miembros:

- El Director del Centro o persona en quien delegue.

- Un responsable del área o persona en quien delegue.

- El representante del Comité de Empresa o Delegado de Personal, elegido entre sus miembros.

En las pruebas de selección o valoración de méritos del personal asistirá con voz pero sin voto un representante de la Dirección General de la Función Pública.

En función del número de solicitudes y de acuerdo con los representantes de los trabajadores se podrá aumentar el número de miembros de las Comisiones de Selección con la finalidad de agilizar el proceso selectivo, hasta 5 ó 7 miembros, reflejando, en todo caso, la proporcionalidad indicada.

Quinta: publicación aspirantes no admitidos.

En el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a la terminación del plazo de entrega de solicitudes, se publicará en cada Centro y Sede de la Secretaría General Técnica, relación de aspirantes no admitidos, indicándose la causa.

Cuando la causa fuera la falta de documentación, el interesado deberá aportar ésta en el Centro en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a dicha publicación.

Sexta: desarrollo del proceso selectivo.

El proceso selectivo constará de dos fases:

Fase primera: en función del número de solicitudes presentadas y para aquellas categorías que se determine, las Comisiones de Selección podrán establecer una prueba práctica de acuerdo con el contenido de sus funciones debiendo superarse dicha prueba para figurar en las listas de seleccionados. El lugar, fecha, hora y contenido de las pruebas se comunicará de forma fehaciente a todos los aspirantes.

Fase segunda: valoración de méritos. 1.- Por encontrarse en situación de paro, computándose la antigüedad a razón de 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 1,20 puntos.

2.- Por haber prestado servicio en la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, en puestos de la misma categoría profesional que el solicitado, a razón de 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 1,20 puntos.

Los méritos deberán ser alegados en el momento de presentar la instancia y acreditados mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificación de la cotización de los doce meses anteriores al mes de presentada la solicitud, expedida por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o certificado de antigüedad expedido por el INEM.

b) Certificado del Director del Centro donde prestó los servicios.

Séptima: listas.

Concluidas ambas fases, se formará una lista por Centro y Categoría, cuyo orden vendrá determinado por los puntos obtenidos en el proceso de selección. En caso de empate en la puntuación, el orden vendrá determinado por las siguientes circunstancias.

a) Cargas familiares (aportar libro de familia o documentación fehaciente).

b) Primer empleo.

c) Haber estado acogido en un Centro de Menores dependiente de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales por un periodo superior a 12 meses.

Octava: relación de seleccionados.

La relación provisional de seleccionados, ordenados de mayor a menor puntuación, será expuesta en los tablones de anuncios de cada uno de los Centros y Sedes de la Secretaría General Técnica, en un plazo máximo de 10 días desde la resolución de la misma.

Las reclamaciones se presentarán en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el Centro correspondiente, y en el plazo máximo de 10 días, se publicarán las listas definitivas.

Novena: procedimiento de cobertura de plazas.

Las unidades de contratación mediante telegrama, citarán a la persona a la que por orden le corresponda en la lista para que, en el improrrogable plazo de dos días hábiles, se presente en el Centro. De existir, en ese momento, más de un puesto de la misma categoría, se ofertarán para su elección al aspirante de mayor puntuación y sucesivamente a los demás.

La duración del contrato de trabajo será la establecida en el mismo y, una vez finalizado éste, pasará a ocupar el último lugar de la lista de reserva.

Décima: renuncia.

El personal seleccionado que renuncie o no comparezca a un llamamiento para ocupar un puesto de trabajo, pasará a ocupar el último puesto de la lista, y de repetirse esta situación, quedará excluido definitivamente de la misma.

Undécima: relación laboral.

Las condiciones por las que se regirá la relación laboral son las contenidas en el Convenio Laboral vigente en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Duodécima: vigencia.

La vigencia de las listas será semestral, renovable por otros seis meses, si no hubiere procedido a publicar una nueva convocatoria.

En el plazo de un mes desde que se resuelva el concurso-oposición para cubrir las plazas laborales vacantes de la Comunidad Autónoma de Canarias, se incluirán, con carácter preferente, en la lista los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y no la fase de concurso, de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del III Convenio Colectivo del Personal Laboral.

Decimotercera: cumplimiento.

El incumplimiento por parte de los solicitantes del contenido de las presentes bases, dará lugar a la exclusión de los mismos.

Final: interpretación.

Las dudas que se presenten en la interpretación de estas bases, se resolverán conjuntamente entre los representantes de la Administración y de la Coordinadora.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de febrero de 1993.

EL CONSEJERO DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES, Julio Manuel Pérez Hernández. A N E X O I

CATEGORÍAS OFERTADAS Y CENTROS DE TRABAJO

Provincia de Las Palmas

RESIDENCIA MIXTA DE PENSIONISTAS DE TALIARTE: Camarera-Limpiadora, Auxiliares de Clínica y Auxiliares Gerontológicos, Ordenanza.

RESIDENCIA INFANTIL ZURBARÁN: Educador, Limpiadora, Ayudante de Cocina, Cocinero.

ESCUELA HOGAR LAS DUNAS: Educador, Limpiadora, Ayudante de Cocina, Cocinero.

CENTRO DE MUJERES DE TAFIRA, INTERNADO NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA, CENTRO DE LA MONTAÑETA, CASA HOGAR MENSAJEROS DE LA PAZ Y ESCUELA INFANTIL VIRGEN DEL CARMEN, ESCUELA INFANTIL LA ATALAYA, ESCUELA INFANTIL SANTA Mª DE GUÍA, ESCUELA INFANTIL LAS FOLÍAS, ESCUELA INFANTIL EL FONDILLO: Educador, Limpiadora, Ayudante de Cocina, Cocinero, Auxiliar de Puericultura, Ordenanza.

HOGAR DE LAS PALMAS, HOGAR DE TELDE, HOGAR DE ARRECIFE, HOGAR DEL PUERTO DEL ROSARIO, HOGAR DE SAN NICOLÁS DE TOLENTINO, CLUB DE ARUCAS, CLUB DE AGAETE, CLUB DE VECINDARIO, CLUB DE INGENIO, CLUB DE SAN BARTOLOMÉ, CLUB DE GRAN TARAJAL, CLUB DE SANTA Mª DE GUÍA: Ordenanzas.

Provincia de Santa Cruz de Tenerife

C.A.M.P. “REINA SOFÍA” DE GÜÍMAR: Cuidador, Camarera-Limpiadora, Cocinero, Ayudante de Cocina, E.T.A.R.

RESIDENCIA DE PENSIONISTAS DE OFRA: Camarera-Limpiadora, Cocinero, Ayudante de Cocina, Auxiliar de Clínica.

RESIDENCIA DE PENSIONISTAS DE SANTA CRUZ DE LA PALMA: Camarera-Limpiadora, Cocinero, Ayudante de Cocina, Auxiliar de Clínica.

ESCUELA INFANTIL AGUAMANSA, ESCUELA INFANTIL ANAGA, ESCUELA INFANTIL AÑAZA, ESCUELA INFANTIL ASUNCIÓN, ESCUELA INFANTIL BENTENUYA, ESCUELA INFANTIL EL DRAGO, ESCUELA INFANTIL NIÑO JESÚS, ESCUELA INFANTIL VIRGEN DEL CARMEN, ESCUELA INFANTIL SAN MIGUEL, MATERNIDAD-GUARDERÍA NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ: Limpiadora, Ayudante de Cocina, Cocinero, Auxiliar de Puericultura.

CENTRO DE MENORES GAROÉ, CENTRO DE MENORES VALLE TABARES, CENTRO DE MENORES PORTEZUELO: Educador, Limpiadora, Ayudante de Cocina, Cocinero, Ordenanza.

HOGAR DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, HOGAR DE SANTA CRUZ DE LA PALMA, CLUB DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, CLUB DE ICOD DE LOS VINOS, CLUB DE LOS REALEJOS, CLUB DE GÜÍMAR, CLUB DE GUÍA DE ISORA, CLUB DEL PUERTO DE LA CRUZ, CLUB DE SAN MIGUEL: Ordenanzas.

A N E X O II

REQUISITOS INDISPENSABLES

- Camarera-Limpiadora: Certificado de Escolaridad. * - Educador: Profesor de E.G.B. (podrán optar Psicólogos y Pedagogos).

- Cuidador: Graduado Escolar. *

- Cocinero: FP-I o equivalente.*

- Ayudante de Cocina: Certificado Escolar. *

- E.T.A.R.: BUP o equivalente. *

- Auxiliar de Clínica: FP-I en Rama Sanitaria. *

- Auxiliar Gerontológico: FP-I en Rama Sanitaria. *

- Auxiliar de Puericultura: Diplomado en Puericultura, FP-I en la Rama Jardín de Infancia. *

- Ordenanza: Certificado de Escolaridad.

* Para las categorías distinguidas por el asterisco, deberán acreditar estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos.

A N E X O III

INSTANCIA PARA PARTICIPAR EN LA SELECCIÓN

Categoría Centro de Trabajo

...................................... ......................................

D. ....................................................................., con domicilio en la calle ..............................................., nº ........., de la localidad de ................................., provincia de ......................................., con D.N.I. nº ..........................., teléfono ................................ . EXPONE

Que reúne todos los requisitos exigidos en las bases que rigen el procedimiento de selección del personal que integrará las listas de reserva a efectos de sustituciones del personal laboral fijo, publicadas en el B.O.C. nº ........., de fecha ................... .

Declaro, bajo mi responsabilidad que:

No padezco enfermedad o defecto físico que me impida el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.

No he sido separado del servicio en ninguna de las Administraciones Públicas, ni he sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

SOLICITA

Mediante esta instancia tomar parte en el proceso de selección.

..........................., a ........., de ...................... de 199 .... .

Firma.

ILMA. SRA. SECRETARIA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES.

© Gobierno de Canarias