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No habiéndose podido notificar al interesado en la forma prevista en el artículo 80.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo la Resolución recaída en el expediente tramitado en esta Dirección General, con referencia E.S. 14/92; de conformidad con el apartado tercero del antes dicho artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Francisco Rivero Alonso la Resolución recaída en el expediente instruido en esta Dirección General por infracción de la legalidad urbanística y cuya parte dispositiva dice textualmente:
Resuelvo la subrogación en las competencias municipales y consecuente incoación del expediente sancionador contra D. Francisco Rivero Alonso, por la edificación de una vivienda unifamiliar de 3 plantas, sin licencia municipal y sin la preceptiva autorización del Director General de Urbanismo, tratándose a su vez de obras ilegalizables.
Nombrar instructor y secretario a D. Pedro Gómez Jiménez y D. Francisco Medina Henríquez, respectivamente.
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su publicación en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 1993.- El Director General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, Carlos Cárdenes Caballero.
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