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R E S U E L V O:
Notificar a D. Francisco Santana Santana la Resolución recaída en el expediente instruido en esta Dirección General por infracción de la legalidad urbanística y cuya parte dispositiva dice textualmente:
Resuelvo el restablecimiento del Orden Jurídico infringido y realidad alterada y transformada mediante la demolición de las obras de edificación, sitas en el camino de acceso a “El Peñón” (Las Goteras), trasera del Barrio de la Atalaya, dentro de los límites del Parque Natural de Bandama, del término municipal de Santa Brígida, promovidas por D. Francisco Santana Santana; y a tal efecto, requerir al interesado para que en el plazo de un mes presente en esta Dirección General el correspondiente proyecto de demolición, como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado, advirtiéndole que de no cumplimentar el antedicho requerimiento, se procederá a la ejecución forzosa de la demolición conforme al artículo 106 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su publicación en el tablón de edictos.
Advertir al interesado que contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial del Gobierno de Canarias en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de enero de 1993.- El Director General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, Carlos Cárdenes Caballero.
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