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BOC Nº 019. Viernes 12 de Febrero de 1993 - 215

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Agricultura y Pesca

215 - ORDEN de 4 de febrero de 1993, por la que se reconoce, con carácter provisional, la Denominación de Origen “La Palma” para los vinos producidos en dicha isla.

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En relación a la solicitud realizada por una Comisión Promotora, integrada por la Asociación de Viticultores Llanovid, Unión de Cosecheros de Vinos Artesanales de la Villa de Mazo y Bodegas Carballo, de la isla de La Palma, de reconocimiento y protección del nombre de “La Palma” como una Denominación de Origen que garantice y salvaguarde los caracteres diferenciales de los vinos de esta isla frente a posibles competencias desleales.

Vistos los estudios de los técnicos competentes. Habiéndose producido informe favorable de la Dirección General de Comercialización e Industrialización Agroalimentarias de esta Consejería.

Considerando que el régimen de Denominación de Origen es vía adecuada para mejorar la ordenación de la oferta y la calidad de estos vinos.

Cumplido el trámite de consulta previa al Instituto Nacional de Denominaciones de Origen que establece el punto B.1.C del Real Decreto 2.773/1983, de 5 de octubre, sobre traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias.

De acuerdo con el artº. 29.3 del Estatuto de Autonomía de Canarias y en virtud de las facultades que me han sido otorgadas en el artº. 7.g) del Decreto 270/1991, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la presente,

D I S P O N G O:

Primero.- Reconocer, con carácter provisional, la Denominación de Origen “La Palma” aplicable a los vinos producidos en dicha isla.

Segundo.- Constituir un Consejo Regulador provisional de la Denominación de Origen “La Palma”, encargado de redactar un proyecto de Reglamento de la citada Denominación.

Tercero.- Designar para la constitución de este Consejo Regulador provisional a las personas que a continuación se citan:

PRESIDENTE: D. José Miguel López Dorta. VICEPRESIDENTE: D. Pedro Pérez González. VOCALES POR EL SECTOR VINÍCOLA: D. Rubén Piñero Hernández. D. Adalberto Martín González. D. Federico Simón Cruz. D. Eliseo Carballo Pérez. VOCALES POR EL SECTOR VITÍCOLA: D. Juan Perdomo Castro. D. José Ceferino Martín Cruz. D. Eulalio Pérez Cabrera. D. Santiago Riveral Lorenzo. VOCALES TÉCNICOS: D. Santiago Cruz Rocha. D. Miguel Ángel Hernández Cabrera.

Cuarto.- El reconocimiento definitivo de la Denominación de Origen queda subordinado a que estén realizados los censos de viñedos y bodegas cuyos propietarios hayan solicitado su adscripción a la Denominación de Origen, así como a la redacción y aprobación de su Reglamento.

Quinto.- El cumplimiento de lo establecido en el apartado anterior deberá ser realizado en un plazo máximo de doce meses a partir de la publicación de la presente Orden. En caso de incumplimiento del plazo establecido, podrá ser anulado este reconocimiento provisional.

Sexto.- Se faculta a la Dirección General de Comercialización e Industrialización Agroalimentarias para dictar cuantas normas estime convenientes para el desarrollo de la presente Orden que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 1993.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA Y PESCA, Antonio Ángel Castro Cordobez.

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