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1993/017 - Lunes 08 de Febrero de 1993

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Política Territorial

Regresar al sumario 184 RESOLUCIÓN de 13 de enero de 1993, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 13 de noviembre de 1992, que estima el recurso formulado por D. Ismael Martín Reyes contra Acuerdo de 14 de diciembre de 1990, por el que se aprobó definitivamente el Plan Parcial Costa Playa Quemada, término municipal de Yaiza (Lanzarote).

En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de fecha 13 de noviembre de 1992, por el que se estima el recurso formulado por D. Ismael Martín Reyes, contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 14 de diciembre de 1990, por el que se aprobó definitivamente el Plan Parcial Costa Playa Quemada, en el término municipal de Yaiza, cuyo texto se adjunta como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de enero de 1993.- El Director General de Urbanismo, Javier Ruiloba Santana.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el pasado día 13 de noviembre de 1992, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero: estimar el recurso formulado por D. Ismael Martín Reyes contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 14 de diciembre de 1990, por el que se aprobó definitivamente el Plan Parcial Costa Playa Quemada, en el término municipal de Yaiza, al haberse omitido al recurrente en la relación de propietarios establecida en el artículo 53.2.b) del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1976 así como en el artículo 64.b) del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, incumpliéndose en el procedimiento el trámite de notificación personal regulado en el artículo 54 del citado texto legal y en el artículo 139 del indicado Reglamento.

Segundo: dejar sin efecto el Acuerdo aprobatorio del Plan Parcial, adoptado por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 14 de diciembre de 1990, así como cuantos actos se hayan realizado en su ejecución, retrotrayendo las actuaciones, al amparo de lo previsto en el artículo 48 de la Ley de Procedimiento Administrativo, al momento inicial del procedimiento. El documento que, en su caso, se someta a nueva aprobación inicial del Ayuntamiento de Yaiza, deberá contemplar, en la relación de propietarios afectados por la actuación, a D. Ismael Martín Reyes, y deberá sujetarse, además, a las prescripciones del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Tercero: el Acuerdo estimatorio del recurso deberá publicarse en el Boletín Oficial y comunicarse expresamente, con indicación de los recursos que procedan a todos y cada uno de los interesados en el expediente.

Contra este Acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la presente resolución del recurso, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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