BOC - 1993/013. Viernes 29 de Enero de 1993 - 127

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - C.Trabajo y Función Pública

127 - RESOLUCIÓN de 14 de enero de 1993, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo de separación del servicio de la funcionaria Dña. Cristina del Nero Díaz, a iniciativa de la Consejería de Economía y Hacienda, adoptado por el Gobierno en sesión celebrada el día 20 de noviembre de 1992.

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Visto que en el expediente administrativo en el que recayó el Acuerdo del Gobierno referenciado consta que se desconoce el domicilio de Dña. Cristina del Nero Díaz.

Visto lo dispuesto en el artº. 80.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo y en el Acuerdo que se notifica.

En cumplimiento de lo dispuesto, vengo en resolver:

Primero.- Notificar el Acuerdo que se transcribe a continuación a Dña. Cristina del Nero Díaz mediante la publicación íntegra de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y su exposición en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y de la Consejería de Economía y Hacienda, en estos últimos se expodrá durante el plazo de un mes a partir de la fecha de recepción de la comunicación de la presente Resolución.

Segundo.- Interesar del Secretario del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y del Secretario General Técnico de la Consejería de Economía y Hacienda se extienda diligencia sobre la exposición de la presente Resolución en el tablón de anuncios una vez haya transcurrido el plazo de un mes.

Tercero.- El texto íntegro del acto que se notifica es:

“El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 20 de noviembre de 1992 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

28.- PROPUESTA DE ACUERDO DE SEPARACIÓN DEL SERVICIO DE LA FUNCIONARIA DÑA. CRISTINA DEL NERO DÍAZ, A INICIATIVA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA (CONSEJERÍA DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA).

Examinado el expediente administrativo sobre el asunto de referencia.

Vista la Propuesta de Resolución sancionatoria formulada por el Instructor.

Vista la propuesta de separación del servicio formulada por la Consejería de Economía y Hacienda.

Vista propuesta del Consejero de Trabajo y Función Pública.

Vista certificación del Secretario de la Comisión de la Función Pública Canaria.

Visto informe de la Comisión de Secretarios Generales Técnicos del día 17 de noviembre de 1992.

Considerando cumplidos en la tramitación del expediente los requisitos formales establecidos.

Considerando acreditado en el expediente la comisión de la falta muy grave de abandono del servicio por la funcionaria Dña. Cristina del Nero Díaz y su imputabilidad.

Vistas las disposiciones legales de aplicación.

El Gobierno, tras deliberar y a propuesta del Consejero de Trabajo y Función Pública, acuerda:

Uno.- Imponer la sanción de separación del servicio, prevista en el artículo 62.a) de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, a la funcionaria Dña. Cristina del Nero Díaz, por la comisión de la falta muy grave de abandono del servicio por ausencia continuada de su puesto de trabajo desde el 1 de noviembre de 1989, tipificado en el artículo 58.c), de la citada Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo.

Dos.- Los efectos del presente Acuerdo se producen a partir de su firmeza jurídica.

Tres.- Contra el presente Acuerdo que agota la vía administrativa, cabe la interposición de recurso de reposición ante el Gobierno y a través de la Consejería de Trabajo y Función Pública, en el plazo de un mes a partir de su notificación mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y exposición en los tablones de anuncios de la Consejería de Economía y Hacienda y del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, por desconocerse el domicilio, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a partir de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si éste fuera expreso, o de un año desde su interposición, si no lo fuera expresamente.”

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de enero de 1993.- El Director General de la Función Pública, Alberto Mario Pazos Astrar.



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