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BOC Nº 012. Miércoles 27 de Enero de 1993 - 114

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Industria, Comercio y Consumo

114 - ORDEN de 11 de enero de 1993, por la que se aprueban las tarifas urbanas de auto-taxis de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, solicitadas por el Ayuntamiento de dicha ciudad.

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Vista la petición formulada por el Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en solicitud de aumento de tarifas urbanas de auto-taxis de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.

Resultando: I. Que el Pleno del Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 25 de septiembre de 1992, adoptó, entre otros, la aprobación de la elevación de las tarifas de taxis, propuesta por el Servicio Municipal de Tráfico y Transportes, e informadas por la Comisión de Servicios Municipales en reunión de 11 de septiembre, y remisión del expediente a la Consejería de Industria, Comercio y Consumo, para su aprobación definitiva, previo informe de la Comisión Territorial de Precios.

Las Tarifas aprobadas, por mayoría, son las que a continuación se relacionan:

Bajada de Bandera 125 ptas. Km recorrido 55 ptas. Hora de espera 1.000 ptas. Nocturno 50 ptas. Domingos y Festivos 50 ptas. Muelles interiores 100 ptas. Muelle exterior 100 ptas. Extraordinario Navidad 50 ptas. II. Que la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, en sesión ordinaria y extraordinaria celebradas los días 21 de diciembre de 1992 y 11 de enero de 1993, respectivamente, informó parcialmente desfavorable las tarifas propuestas por la Corporación Local, proponiendo las siguientes:

Bajada de Bandera 110 ptas. Km recorrido 51 ptas. Hora de espera 1.000 ptas.

Suplementos:

Nocturno, Festivos o Navidad 50 ptas. Muelles interiores 50 ptas. Muelles exteriores (León y Castillo, con- tenedores EN1 y EN2, dique Reina Sofía y recinto portuario anexo) 100 ptas. Considerando: que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, el Decreto del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

ACUERDO

Autorizar al Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria las tarifas urbanas de auto-taxis de Las Palmas de Gran Canaria solicitadas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías a continuación expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias:

Bajada de Bandera 115 ptas. Km recorrido 52 ptas. Hora de espera 1.000 ptas.

Suplementos:

Nocturno, Festivos o Navidad 50 ptas. Muelles interiores 50 ptas.

Muelles exteriores (León y Castillo, con- tenedores EN1 y EN2, dique Reina Sofía y recinto portuario anexo) 100 ptas.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el propio órgano que la dictó en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artículo 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de enero de 1993.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y CONSUMO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS, Andrés Calvo González.

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