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BOC Nº 012. Miércoles 27 de Enero de 1993 - 108

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Parlamento de Canarias

108 - RESOLUCIÓN de 19 de enero de 1993, de la Presidencia, por la que se hace público Acuerdo de 13 de enero de 1993, de la Mesa, sobre convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en la relación de puestos de trabajo del Parlamento de Canarias.

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Por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Canarias, de 13 de enero de 1993, se aprobaron las bases de la convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en la relación de puestos de trabajo; en ejecución de lo acordado, ordeno su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Canarias y en el Boletín Oficial de Canarias, surtiendo efectos a partir de la publicación en este último.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de enero de 1993.

EL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, Victoriano Ríos Pérez.

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN, DE UN PUESTO DE TRABAJO VACANTE EN LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PARLAMENTO DE CANARIAS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.1 del Estatuto del Personal del Parlamento de Canarias, de 23 de julio de 1986; así como en su Disposición Final Segunda, en relación con el artículo 78 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria y conforme lo dispuesto en el Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración del Estado, así como el Decreto del Gobierno de Canarias 41/1989, de 16 de marzo, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Canarias y su adaptación a la Ley 23/1988, de 28 de julio; hallándose vacante el puesto de trabajo que figura en el anexo I de la presente convocatoria, contenido en la vigente relación de puestos de trabajo del Parlamento de Canarias, aprobada por la Mesa en fecha 29 de diciembre de 1992, en orden a la provisión del mismo, la Mesa del Parlamento, en reunión de 13 de enero de 1993, acordó:

- Anunciar convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que figura en el anexo I de la presente convocatoria, que se efectuará de acuerdo con las bases que se insertan a continuación:

Primera: podrán participar los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos exigidos para su desempeño, según la vigente relación de puestos de trabajo, que se especifican en dicho anexo.

Segunda: los interesados dirigirán sus solicitudes a la Secretaría General de la Cámara y deberán presentarlas en el Registro General del Parlamento, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Podrán también presentarse las solicitudes en la forma prevista en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Las instancias se ajustarán al modelo que se publica como anexo II de esta convocatoria.

Tercera: los datos del concursante relativos a su identidad, situación administrativa, puesto de trabajo que ocupa y particularidades concernientes al mismo, titulaciones académicas, cursos de formación y perfeccionamiento y antigüedad, tendrán que acreditarse mediante certificación ajustada al modelo que figura como anexo III, que deberá ser expedida por la Unidad competente en la materia de personal, con nivel de Subdirección General dentro de la Administración del Estado, Secretaría General del Parlamento, Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma, Secretaría General de una Universidad o cargo equivalente en otros Entes u Organismos administrativos.

Cuarta: los aspirantes deberán, asimismo, presentar una Memoria en relación a las tareas del puesto de trabajo a desempeñar.

Quinta: la Mesa del Parlamento, a propuesta del Secretario General, previo informe del Letrado-Director de Personal, resolverá sobre la asignación del puesto del trabajo convocado, en el plazo máximo de un mes, comunicándolo a todos los solicitantes.

La Mesa del Parlamento se reserva la facultad de dejar vacante el puesto, si estimare que ninguno de los solicitantes reúne los requisitos de idoneidad.

Sexta: para lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación, además del Estatuto del Personal del Parlamento de Canarias, la normativa general en materia de función pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y del Estado, en especial la referida a provisión de puestos de trabajo y promoción profesional.

En la Sede del Parlamento, a 14 de enero de 1993.- La Secretaria Primera, María Teresa Noreña Salto.- Vº. Bº.: el Presidente, Victoriano Ríos Pérez.

A N E X O I

CENTRO DIRECTIVO: Secretaría General. UNIDAD: Servicio de Personal. DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Jefe de Servicio de Personal. NIVEL: 28. COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 2.400.408 ptas./año. VÍNCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: indistinta. GRUPO: A. ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: CT/TAP y asimilados. JORNADA: normal. DEDICACIÓN: extraordinaria (B.O.P.C. nº 56, de 1 de junio de 1992).

FUNCIONES: organización, coordinación, impulso y dirección del Servicio. Elaboración de informes, estudios y proyectos de Normas y Acuerdos de la Mesa y la Presidencia. Propuesta de gasto en asuntos de personal y Conserjería. Redacción de oficios, resoluciones y diligencias de trámite. Examen de expedientes, elaboración de resúmenes y notas en materia de personal. Control de incidencias de jornada y dedicación. Gestión de altas, bajas y otras incidencias de Seguridad Social, MUNPAL u otras Mutualidades. Coordinación con la Intervención de situaciones funcionariales con incidencia económica (asistencia sanitaria, derechos pasivos). Colaboración con el Negociado de Diputados en la gestión de la Seguridad Social de sus señorías. Organización, supervisión y control, a través del Conserje de los Servicios de los Ujieres, Jefatura inmediata del personal adscrito al Servicio. Organización de la seguridad interior del Parlamento según las instrucciones del Secretario General. Ejecución de la política de personal.

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