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Considerando que el artş. 14.1 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que la “Lista definitiva de adjudicatarios” y “Relación para posibles vacantes” sean publicadas en el Boletín Oficial de Canarias.
Visto el precepto citado y demás de general y especial aplicación,
R E S U E L V O:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Vivienda, por el que se aprueba la “Lista definitiva de adjudicatarios” y “Relación para posibles vacantes” para las promociones TF-89/020, de 36 viviendas en el Polígono de El Rosario; TF-89/140, de 18 viviendas en el Camino de La Hornera; TF-89/240, de 26 viviendas en Los Andenes de Taco; TF-89/300, de 31 viviendas en Los Andenes de Taco, y TF-89/340, de 16 viviendas en Los Andenes de Taco, todas pertenecientes al municipio de La Laguna, cuyo texto figura como anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de noviembre de 1992.- La Directora General de Vivienda, Presidenta de la Comisión de Vivienda, María Isabel Déniz de León.
A N E X O
La Comisión de Vivienda, reunida en sesión de fecha 26 de noviembre de 1992, de conformidad con lo establecido en los artículos 13.3 y 14.2 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, que dispone la adjudicación de viviendas de promoción pública, acordó:
Aprobar la “Lista definitiva de adjudicatarios” y “Relación para posibles vacantes” para las promociones TF-89/020, de 36 viviendas en el Polígono de El Rosario; TF-89/140, de 18 viviendas en el Camino de La Hornera; TF-89/240, de 26 viviendas en Los Andenes de Taco; TF-89/300, de 31 viviendas en Los Andenes de Taco, y TF-89/340, de 16 viviendas en Los Andenes de Taco, todas pertenecientes al municipio de La Laguna (Tenerife).
El presente Acuerdo pone fin a la vía administrativa y frente al mismo podrá interponerse, previa y preceptivamente, recurso de reposición ante la Comisión de Vivienda, en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y contra el acuerdo resolutorio del recurso de reposición cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de dicho acuerdo resolutorio, si es expreso, y si no lo fuere, el plazo será de un año a contar desde la fecha de interposición del recurso de reposición, según lo establecido en el artículo 58 y concordantes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1957.
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