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Lo que supone infracción al artē. 27.2 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nē 83, de 1 de julio de 1988).
Sancionándose como disponen el artē. 39.3 del citado Decreto y artē. 22 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C. nē 158, de 31 de diciembre de 1985).
No se admiten las alegaciones formuladas por el interesado, toda vez que, si bien es cierto que se ha solicitado la transferencia de la titularidad del salón, no es menos cierto que el expediente abierto con tal motivo, se ha archivado con las actuaciones habidas en el mismo, al haber incurrido en caducidad, de conformidad con el artē. 99.1 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, por tanto la titularidad del salón la sigue ostentando D. Evaristo González Reyes, según los datos obrantes en esta Viceconsejería para las Administraciones Públicas.
De acuerdo con lo establecido en el artē. 137.1 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de 8 días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que pueda alegar cuanto considere en su defensa.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de noviembre de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, p.s., el Secretario General Técnico, Antonio Lazcano Acedo (Orden de 16.11.92; B.O.C. nē 160, de 20.11.92).
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