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No teniendo constancia este Servicio Hidráulico del domicilio de las personas que se relacionan a continuación, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 80.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se notifican las Resoluciones de la Dirección General de Aguas, cuya parte dispositiva dice textualmente:
Resolución de 27 de octubre de 1992, declarando la caducidad de las obras autorizadas en el expediente 952-T.P. a D. Laureano de Armas Gourié, para alumbrar aguas subterráneas en el lugar conocido por Visvique, del término municipal de Arucas (Gran Canaria).
Resolución de 27 de octubre de 1992, declarando la caducidad de las obras autorizadas en el expediente 1.769-T.P. a D. Laureano de Armas Gourié, para alumbrar aguas subterráneas en el lugar conocido por Las Vegas, junto a la carretera de Arucas a Teror, del término municipal de Arucas (Gran Canaria). Resolución de 26 de octubre de 1992, declarando la caducidad de las obras autorizadas en el expediente 1.909-T.P. a D. Laureano de Armas Gourié, para alumbrar aguas subterráneas en el lugar conocido por Las Vegas, del término municipal de Arucas (Gran Canaria).
Resolución de 26 de octubre de 1992, declarando la caducidad de las obras autorizadas en el expediente 5.177-T.P. a D. Antonio Rocha Peñate, para alumbrar aguas subterráneas en el lugar conocido por Ladera de las Monjas o Higuera Canaria, del término municipal de Telde (Gran Canaria).
Contra estas Resoluciones que no ponen fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de noviembre de 1992.- El Jefe del Servicio, Juan Carlos Ibrahim Perera.
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