Estás en:
infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 110/92.
Se hace saber a D. Guillermo Marrero Santos, con D.N.I. nº 41.712.104, titular de la empresa operadora nº 472, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos, en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejerí a para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 110/92, por infracción a la normativa sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento Salón de Juegos Recreativos Mini Fruit, Laguna 2, sito en Avenida de la Tr inidad, 51, La Laguna, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa tipo [B], TF-B-7948, modelo B-1734, serie D-13, llevando incorporada una fotocopia del Boletín de Instalación. Asimismo carece de justificante de abono de Tasa Fiscal de Juego.
Lo que supone una infracción a los artículos 30.1.d) y 31.1.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1 de julio de 1988).
Sancionándose como disponen los artículos 40.4 y 41.3 del citado Decreto y artículos 22 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C.A.C. nº 158, de 31 de diciembre de 1985).
De acuerdo con lo establecido en el artº. 136.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de 8 días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegacione s que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de septiembre de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
© Gobierno de Canarias