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No habiéndose podido notificar al interesado, en la forma prevista en el artículo 80.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, la Resolución recaída en el expediente tramitado en esta Dirección General con referencia I.M. 64/92; de conformidad con el apartado tercero del antedicho artículo, R E S U E L V O:
Notificar a D. Máximo Domingo Medina Díaz la Propuesta de Resolución, recaída en el expediente I.M. 64/92, instruido en esta Dirección General, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
Propuesta de Resolución
Imponer a D. Máximo Domingo Medina Díaz la multa de quinientas mil (500.000) pesetas, como responsable de una infracción medioambiental, por la extracción ilegal de lapilli, en el lugar conocido como Montaña Tersa, dentro del Parque Natural de la Geria, en el término municipal de Tías.
Notifíquese la presente Propuesta de Resolución al particular infractor, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley de Procedimiento Administrativo, advirtiéndole que en el plazo de ocho días puede alegar cuanto considere conveniente en su defensa.
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de octubre de 1992.- El Director General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, Carlos Cárdenes Caballero.
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