BOC - 1992/141. Jueves 8 de Octubre de 1992 - 1511

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Industria, Comercio y Consumo

1511 - ORDEN de 26 de septiembre de 1992, por la que se aprueba la convocatoria nº 15.B.441.03/92 de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, en la Consejería de Industria, Comercio y Consumo.

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La ejecución del programa de los concursos de traslados de 1992, entre funcionarios de carrera, aprobado por el Decreto 114/1992, de 9 de julio, conlleva la convocatoria de los correspondientes concursos por Cuerpos o Escalas y por Departamentos u Organismos Públicos, conforme determinan los artículos 1 y 4 del citado Decreto 114/1992.

Vista la Orden de 22 de septiembre, de determinación de los puestos de trabajo objeto de las convocatorias, de la Consejería de Trabajo y Función Pública (B.O.C. nº 135, de 26.9.92).

Vistas las Bases Generales de los concursos de méritos que para la provisión de puestos de trabajo vacantes en los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria, se convoquen en ejecución del repetido Decreto 114/1992, de 9 de julio, aprobadas por Orden de la Consejería de Trabajo y Función Pública de 1 de septiembre de 1992 (B.O.C. nº 125, de 4.9.92). En el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4 del Decreto 114/1992, de 9 de julio, vengo en

D I S P O N E R:

Uno.- Convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo adscritos a la Escala de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, que están vacantes en este Departamento y se determinan en el anexo de la Orden de 22 de septiembre de 1992, de la Consejería de Trabajo y Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 135, de 26 de septiembre de 1992.

Dos.- Aprobar las siguientes bases específicas de la presente convocatoria.

BASES ESPECÍFICAS

Primera.- Participantes.

Por esta convocatoria se llaman, con el carácter que se determina en la base primera de las ge-nerales, a participar en el concurso de méritos a los funcionarios del Grupo B, Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos.

Segunda.- Puntuación mínima. Comprobación y valoración de los méritos específicos. Los puestos que se determinan en los anexos I y II de la presente Orden solo pueden adjudicarse a los funcionarios que obtengan más de 6 y 9 puntos, respectivamente, como valoración de sus méritos.

Los candidatos que opten a puestos incluidos en el anexo II de esta Orden presentarán una Memoria consistente en un analisis de las tareas del puesto, a juicio del candidato, con base en la descripción y posición respecto con otros que tiene solicitado en la relación de puestos de trabajo vigente.

La Comisión de Evaluación, previo examen de la correspondiente Memoria, podrá convocar al candidato a realizar una entrevista para las aclaraciones que estime conveniente sobre las tareas del puesto y su desempeño, así como sobre la experiencia del concursante, de forma que le permita determinar el grado de idoneidad en relación con el puesto que solicita, expresado en la asignación de 0 a 2 puntos.

Tercera.- Comisión de Valoración.

Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: Dña. Francisca Luengo Orol, Secretaria General Técnica de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo.

Vocal: D. Ismael Dámaso del Rosario, Director Territorial de Industria y Energía en Santa Cruz de Tenerife.

Vocal: D. José Luis Camps de Bethencourt, Jefe de Servicio de Industria.

Vocal: Dña. Mª José Pérez de la Cruz Manrique, Jefe de Servicio de Personal.

Secretario Vocal: D. Rafael Gutiérrez Jiménez, Jefe de Sección de Informes.

Podrá estar presente en las sesiones de la Comisión de Evaluación, en todo caso, un representante de cada una de las Organizaciones Sindicales que tengan la consideración de más representativas en el ámbito de la función pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Evaluación, debiendo desecharse, a estos efectos, la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas por la Comisión de Evaluación, mérito a mérito y su total, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

Cuarta.- Bases aplicables.

El concurso de méritos convocado por la presente Orden se rige por las Bases Generales aprobadas por Orden de 1 de septiembre de 1992 de la Consejería de Trabajo y Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 125, de 4 de septiembre de 1992, y por las presentes bases específicas.

Tres.- Delegar en el Secretario General Técnico del Departamento las siguientes funciones:

1. La aprobación de las listas provisionales y definitivas de concursantes, resolviendo las reclamaciones e incidencias administrativas.

2. La aprobación de la lista de adjudicaciones provisional de puestos.

Cuatro.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, haciendo constar que contra la misma, puede interponerse ante esta Consejería recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de septiembre de 1992.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y CONSUMO, Andrés Calvo González.



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