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Vistos los informes favorables de la Dirección General de la Función Pública y la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público previstos en el artículo 22.8 de la Ley 11/1991, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1992.
En uso de las atribuciones conferidas al titular de este Organismo por el artículo 68 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria,
R E S U E L V O:
1º) Iniciar el procedimiento selectivo para la contratación en régimen de Derecho Laboral de 1 Psicólogo, 1 Sociólogo y 1 Auxiliar en Las Palmas de Gran Canaria y 1 Auxiliar en Santa Cruz de Tenerife.
2º) Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano español, de conformidad con las leyes vigentes.
b) Haber cumplido la edad de 18 años.
c) Estar en posesión del título de Licenciado en Psicología, Sociología y Graduado Escolar respectivamente. d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas ni hallarse separado ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.
Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán de la forma siguiente:
a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I.
c) Documento original o fotocopia compulsada.
d) y e) Declaración responsable.
3º) Los interesados en participar en el procedimiento selectivo deberán presentar instancia y currículum vitae dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
La presentación ha de realizarse en el Registro General del Instituto Canario de Administración Pública en Avenida de Anaga, 35, Edificio de Usos Múltiples, 5ª planta, Santa Cruz de Tenerife, o en Bravo Murillo, 21, 5º, Las Palmas de Gran Canaria.
Igualmente podrán presentarse en las oficinas previstas en el Decreto 100/1985, de 19 de abril y en la forma que establece el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
4º) La selección se realizará de la siguiente forma:
PLAZAS DE PSICÓLOGO Y SOCIÓLOGO
Mediante la valoración de los méritos que se relacionan a continuación y la realización de una entrevista personal con los aspirantes para determinar con mayor precisión la aptitud de los mismos, así como sus conocimientos y experiencia profesional en puestos similares, a saber:
- Experiencia profesional: máximo 4 puntos.
- Cursos, Diplomas y otras titulaciones relacionados con las funciones a realizar: máximo 2 puntos.
- Entrevista personal: máximo 4 puntos.
PLAZAS DE AUXILIARES
Mediante la realización de una prueba mecanográfica seguida de la valoración de los méritos que se enumeran en el apartado anterior y de una entrevista personal, asimismo valorada en la forma antedicha.
- Valoración hasta 4 puntos.
5º) La Comisión de Selección que valorará las pruebas y los méritos formulará las correspondientes propuestas de selección y estará compuesta por:
- Presidente
- Titular: Director General del Instituto Canario de Administración Pública.
- Secretario: un funcionario del I.C.A.P.
- Vocal: 1 representante de la Dirección General de la Función Pública.
- Vocal: 2 representantes designados por el Comité Intercentros.
Los miembros de la Comisión de Selección percibirán las indemnizaciones que, por razón del servicio, procedan de acuerdo con las normas aplicables.
6º) Lista de admitidos y excluidos:
La relación de las solicitudes admitidas, así como las sucesivas comunicaciones que procedan, en su caso, se expondrán en los tablones de anuncios del I.C.A.P.
Solo podrán ser seleccionados aquellos candidatos que obtengan al menos un 50% del total de la puntuación posible.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de septiembre de 1992.- El Director, Marcial Sánchez Armas.
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