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1992/133 - Miércoles 23 de Septiembre de 1992

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Industria, Comercio y Consumo

Regresar al sumario 1410 ORDEN de 17 de septiembre de 1992, por la que se aprueban las tarifas de auto-taxis, presentadas por el Ayuntamiento de Santiago del Teide (Tenerife).

Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Santiago del Teide, en solicitud de aumento de las tarifas urbanas de auto-taxis de la ciudad de Santiago del Teide.

RESULTANDO

Primero.- Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de 25 de junio de 1992, acordó proponer a la Comisión Territorial de Precios las siguientes tarifas de auto-taxis:

- Bajada de bandera 185 ptas.

- Km recorrido 70 ptas.

- Hora de espera 1.000 ptas.

- Mínimo de percepción 255 ptas.

SUPLEMENTO

- Nocturno y festivos 50 ptas.

Segundo.- Que la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, en su sesión ordinaria celebrada el día 11 de septiembre de 1992, acordó proponer las siguientes tarifas:

- Bajada de bandera 150 ptas.

- Km recorrido 50 ptas.

- Hora de espera 1.000 ptas.

SUPLEMENTO

- Nocturno y festivos 50 ptas.

CONSIDERANDO

Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 20 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, los Decretos del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto, 147/1991, de 17 julio, de reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, 251/1991, de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Aprobar las tarifas de auto-taxis urbanas de la ciudad de Santiago del Teide que a continuación se expresan, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias:

- Bajada de bandera 150 ptas.

- Km recorrido 50 ptas.

- Hora de espera 1.000 ptas.

SUPLEMENTO

- Nocturno y festivos 50 ptas.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y el artículo 52 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de septiembre de 1992.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONSUMO,

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL

DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE,

p.s., EL CONSEJERO DE SANIDAD

Y ASUNTOS SOCIALES

(Decreto 172/1992, de 3 de septiembre,

B.O.C. nš 126, de 7.9.92),

Julio Manuel Pérez Hernández.

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