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RESULTANDO
Primero.- Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de 30 de enero de 1992, acordó proponer a la Comisión Territorial de Precios las siguientes tarifas de auto-taxis:
- Bajada de bandera 175 ptas.
- Km recorrido 70 ptas.
- Hora de espera 1.000 ptas.
SUPLEMENTOS
- Nocturno y festivos 50 ptas.
- Maletas y bultos 50 ptas.
- Entrada y salida al puerto 50 ptas.
Segundo.- Que la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, en su sesión ordinaria celebrada el 11 de septiembre de 1992, acordó proponer las siguientes tarifas:
- Bajada de bandera 150 ptas.
- Km recorrido 50 ptas.
- Hora de espera 1.000 ptas.
SUPLEMENTOS
- Nocturno y festivos 50 ptas.
- Maletas y bultos 50 ptas.
- Entrada y salida al puerto 50 ptas.
CONSIDERANDO
Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 20 de septiembre del mismo año.
Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, los Decretos del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto, 147/1991, de 17 julio, de reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, 251/1991, de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,
D I S P O N G O:
Aprobar las tarifas de auto-taxis urbanas de la ciudad de San Sebastián de La Gomera que a continuación se expresan, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias:
- Bajada de bandera 150 ptas.
- Km recorrido 50 ptas.
- Hora de espera 1.000 ptas.
SUPLEMENTOS
- Nocturno y festivos 50 ptas.
- Maletas y bultos 50 ptas.
- Entrada y salida al puerto 50 ptas.
Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y el artículo 52 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de septiembre de 1992.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y CONSUMO,
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL
DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE,
p.s., EL CONSEJERO DE SANIDAD
Y ASUNTOS SOCIALES
(Decreto 172/1992, de 3 de septiembre,
B.O.C. nš 126, de 7.9.92),
Julio Manuel Pérez Hernández.
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