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1992/133 - Miércoles 23 de Septiembre de 1992

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Industria, Comercio y Consumo

Regresar al sumario 1405 ORDEN de 17 de septiembre de 1992, por la que se aprueban las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones, presentadas por el Ayuntamiento de Los Silos (Tenerife).

Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Los Silos, en solicitud de aumento de las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones.

RESULTANDO

Que el expediente fue sometido al informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, que lo emitió en sesión ordinaria celebrada el día 11 de septiembre de 1992, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento, que suministra el Ayuntamiento de Los Silos:

USO DOMÉSTICO, FACTURACIÓN AL BIMESTRE

Mínimo 400 ptas.

De 0 a 40 m3 46 ptas./m3.

De 40 a 50 m3 75 ptas./m3.

Más de 50 m3 110 ptas./m3.

USO NO DOMÉSTICO, FACTURACIÓN AL BIMESTRE

Más de 0 m3 100 ptas./m3.

CONSIDERANDO

Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, los Decretos del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto, 147/1991, de 17 de julio, de reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, 251/1991, de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Autorizar al Ayuntamiento de Los Silos las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones solicitadas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriores expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y su aplicación se realizará de forma escalonada.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y en el artículo 52 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de septiembre de 1992.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONSUMO,

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL

DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE,

p.s., EL CONSEJERO DE SANIDAD

Y ASUNTOS SOCIALES

(Decreto 172/1992, de 3 de septiembre,

B.O.C. nš 126, de 7.9.92),

Julio Manuel Pérez Hernández.

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