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R E S U E L V O:
1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido en esta Dirección General, por infracción a la legislación en materia turística.
Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) Nº EXPTE.: 91/00152.
TITULAR: Turdocar, S.L.
ESTABLECIMIENTO: Althay (Restaurante).
POBLACIÓN: Pájara.
HECHOS: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este Organismo.
Se adjuntan fotocopias de las Actas de Inspección núms. 91/3510 y 91/11357.
FECHA INFRACCIÓN: 7.2.91.
INFRACCIÓN: artículo 6º de la Orden de 17.3.1965, por la que se aprueba la Ordenación Turística de Restaurantes.
CALIFICACIÓN: muy grave.
EN BASE A: artículo 9º.b) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
2) Nº EXPTE.: 91/00744.
TITULAR: Rondo Canarias, S.A.
ESTABLECIMIENTO: Hotel Aptos. Il Rondo (3*).
POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana.
HECHOS: muy deficientes condiciones de limpieza, estado de conservación y dotación de sus dependencias e instalaciones según consta en el Acta 91/570 y cuya fotocopia se adjunta.
FECHA INFRACCIÓN: 22.10.91.
INFRACCIÓN: artº. 85 de la Orden Ministerial de 19.7.68 (B.O.E. de 7 de agosto).
CALIFICACIÓN: grave.
EN BASE A: artículo 8º.l) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
3) Nº EXPTE.: 91/00798.
TITULAR: Eva Stockmann Leitner.
ESTABLECIMIENTO: Apartamentos Nueva Europa.
POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana.
HECHOS: continuar la explotación turística de los apartamentos núms. 36 y 55 del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor, a la Administración turística canaria, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión.
Se adjuntan fotocopias de:
- Acta de Inspección nº 91/0618.
- Providencia de Incoación.
FECHA INFRACCIÓN: 10.10.91.
INFRACCIÓN: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos.
CALIFICACIÓN: leve.
EN BASE A: artº. 8.c) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
4) Nº EXPTE.: 91/00799.
TITULAR: Eva Stockmann Leitner.
ESTABLECIMIENTO: Apartamentos La Perla II.
POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana.
HECHOS: continuar la explotación turística del apartamento nº 20, del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor, a la Administración turística canaria, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión.
Se adjuntan fotocopias de:
- Acta de Inspección nº 91/0618.
- Providencia de Incoación.
FECHA INFRACCIÓN: 10.10.91.
INFRACCIÓN: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos.
CALIFICACIÓN: leve.
EN BASE A: artº. 8.c) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
5) Nº EXPTE.: 91/00800.
TITULAR: Eva Stockmann Leitner.
ESTABLECIMIENTO: Apartamentos Roque La Mar.
POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana.
HECHOS: realizar la actividad de alojamiento, en la modalidad turística de apartamentos, en un apartamento del establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de la Administración turística canaria.
Se adjuntan fotocopias de:
- Acta de Inspección nº 91/0618.
- Providencia de Incoación.
FECHA INFRACCIÓN: 10.10.91.
INFRACCIÓN: artículos 8 y 12.1 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos.
CALIFICACIÓN: grave.
EN BASE A: artículo 9º.b) en relación con el artículo 8º.Ll) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
6) Nº EXPTE.: 91/00801.
TITULAR: Eva Stockmann Leitner.
ESTABLECIMIENTO: Apartamentos Bamira.
POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana.
HECHOS: continuar la explotación turística de los apartamentos núms. 115, 305 y 315 del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor, a la Administración turística canaria, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión.
Se adjuntan fotocopias de:
- Acta de Inspección nº 91/0618.
- Providencia de Incoación.
FECHA INFRACCIÓN: 10.10.91.
INFRACCIÓN: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos.
CALIFICACIÓN: leve.
EN BASE A: artº. 8.c) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
7) Nº EXPTE.: 91/00818.
TITULAR: José Juan Quintana Hernández.
ESTABLECIMIENTO: Cafetería Las Vegas.
POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria.
HECHOS: realizar la actividad turística de restaurante en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de la Administración turística canaria.
Se adjunta fotocopia del Acta de Inspección nº 91/814.
FECHA INFRACCIÓN: 4.12.91.
INFRACCIÓN: artículo 6º de la Orden de 17.3.65, por la que se aprueba la Ordenación Turística de Restaurantes.
CALIFICACIÓN: grave.
EN BASE A: artículo 9º.b) en relación con el artículo 8º.Ll) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
8) Nº EXPTE.: 92/00101.
TITULAR: María Antonia Barceló Vadell.
ESTABLECIMIENTO: Hotel Miraflor (3*).
POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria.
HECHOS: carecer de Director con titulación exigida por la normativa turística en vigor, y que debía disponer con carácter preceptivo. Muy deficientes condiciones de limpieza, estado de conservación y dotación de sus dependencias e instalaciones, tales como: rotura y óxido de la loza sanitaria, falta de azulejos, etc., en la planta baja, según consta en el Acta de Inspección nº 92/0900, cuya fotocopia se acompaña.
FECHA INFRACCIÓN: 20.1.92.
INFRACCIÓN: artículo 1º, punto 1, letra a), de la Orden de 11.8.72, por la que se aprueba el Estatuto de los Directores de Establecimientos de Empresas Turísticas.
Artº. 85 de la Orden Ministerial de 19.7.68 (B.O.E. de 7 de agosto).
CALIFICACIÓN: muy grave.
EN BASE A: artículo 9º.g) y artículo 8º.L) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
9) Nº EXPTE.: 92/00108.
TITULAR: D. Enrique Donaire Martín.
ESTABLECIMIENTO: Bar Long Play.
POBLACIÓN: Tías.
HECHOS: carecer en el establecimiento de Hojas de Reclamaciones que debe tener con carácter obligatorio. Carecer en el establecimiento del Libro de Inspección. No exhibir, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, la relación de servicios con los precios que rigen en la prestación de los mismos. No anunciar la existencia de Hojas de Reclamaciones.
FECHA INFRACCIÓN: 28.1.92.
INFRACCIÓN: artículo 1º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artículos 1º y 3º de la Orden de 31.10.70. Artº. 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78 en su artículo 1º, y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70.
Artículo 4º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias.
CALIFICACIÓN: grave.
EN BASE A: artículos 8º.f) y 7º.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
10) Nº EXPTE.: 92/00109.
TITULAR: D. Isidoro Peña Cabrera.
ESTABLECIMIENTO: Bar One Way.
POBLACIÓN: Tías.
HECHOS: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin haber notificado a la Administración turística canaria los precios que hayan de regir en la prestación de los servicios y sin tener el Libro de Inspección y las Hojas de Reclamaciones, según consta en el Acta número 9211053, de 26 de enero de 1992, cuya fotocopia se adjunta.
FECHA INFRACCIÓN: 28.1.92.
INFRACCIÓN: artº. 30.1 de la Orden de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en relación con el artículo 4º de la Orden de 19.6.70; artículo 1º de la Orden de 13.10.70 y artículo 1º de la Orden de 13.11.86 de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias.
CALIFICACIÓN: grave.
EN BASE A: artículos 8º.d), f) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de agosto de 1992.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.
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