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1992/128 - Viernes 11 de Septiembre de 1992

VI. ANUNCIOS
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C.Sanidad y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 1385 RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 1992, de la Secretaría General Técnica, sobre notificación de Resolución recaída en el expediente sancionador incoado a D. Ramón Ramos Negrín, en ignorado paradero.

No teniendo constancia del domicilio de D. Ramón Ramos Negrín, y siendo necesario notificarle la Resolución recaída en el expediente sancionador nº 64/1990; de conformidad con lo previsto en el artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Ramón Ramos Negrín la Resolución de 30 de junio de 1992, recaída en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:

“Resultando que con fecha 1 de febrero de 1990, se formuló por la Instrucción Pliego de Cargos, en el que se pone de manifiesto que a consecuencia de la inspección realizada el día 23 de mayo de 1990, Actas núms. 015018, 015020, 015021, se comprobaron las siguientes deficiencias:

Carecen de toallas desechables y jabón para los manipuladores.

La mesa de trabajo es de madera.

El almacenamiento en las cámaras es deplorable, no se cumple la más mínima norma de higiene y no existe separación de productos alimenticios adecuada. Asimismo hay deficiencias en la cámara de congelación.

Las comidas no se preparan con la menor antelación posible para su consumo, incluso no se consumen en el día de su preparación.

La mahonesa de tipo casero no se consume en el plazo de 24 horas desde su fabricación.

Existen, en el momento de la inspección, alimentos que no reúnen condiciones higiénico-sanitarias adecuadas mahonesa, salsas, cremas con enmohecimiento.

Resultando que en fecha 28 de marzo de 1991, se notificó a D. Ramón Ramos Negrín el referido Pliego de Cargos con expresión del plazo de ocho días para su contestación, sin que ésta hubiera tenido lugar.

Considerando que los hechos imputados constituyen infracción al artículo 35.A.1ª de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en relación con el artículo 4º, número 9, artículo 5º, número 3; artículo 16, número 4, artículo 17, número 4; artículo 18, números 7 y 1, respectivamente, del Real Decreto 2.817/1983, de 13 de octubre (B.O.E. nº 270, de 11 de noviembre), por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los comedores colectivos.

Visto el artículo 36 de la precitada Ley 14/1986, que señala para las infracciones leves sanción de multa de hasta 500.000 pesetas.

A la vista y al amparo de la facultad que me confiere el artículo 137 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el Decreto Territorial 191/1987, de 11 de septiembre, y el Decreto Territorial 212/1991.

R E S U E L V O:

Imponer a D. Ramón Ramos Negrín la sanción de multa de cincuenta mil (50.000) pesetas.

Notifíquese esta Resolución al interesado, significándole que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Salud Pública en el plazo de quince días a partir del siguiente a la recepción de la notificación.

FORMA DE INGRESO

El ingreso deberá hacerse efectivo en la forma y plazos indicados en la notificación que la Consejería de Economía y Hacienda le remitirá a su propio domicilio.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 1992.- El Director Territorial de Salud Accidental, Pablo Estévez González.”

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de agosto de 1992.- La Secretaria General Técnica, p.s., el Jefe del Servicio de la Oficina Presupuestaria (Orden de 22.7.92), Juan C. Pérez Frías.

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