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BOC Nº 126. Lunes 7 de Septiembre de 1992 - 1350

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL Y - A.Puerto de la Cruz (Tenerife)

1350 - ANUNCIO de 25 de agosto de 1992, por el que se hace público Acuerdo relativo a la encomienda al Consorcio de Tributos del cobro de sanciones en vía ejecutiva.

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A efectos de lo establecido en el art. 7.2 de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales, se publica para general conocimiento el Acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 17 de febrero del presente año.

XV. PROPUESTA DEL CONCEJAL-DELEGADO DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA SOBRE ENCOMIENDA AL CONSORCIO DE TRIBUTOS EL COBRO DE SANCIONES EN VÍA EJECUTIVA.

En primer lugar, el Pleno, con criterio unánime, ratificó la inclusión de este punto en el Orden del Día, al no haber sido dictaminada por la Comisión correspondiente.

En segundo lugar, el Secretario autorizante, de orden de la Alcaldía, dió lectura a la propuesta formulada por el Concejal-Delegado del Área de Administración Financiera sobre encomienda al Consorcio de Tributos del cobro de sanciones en vía ejecutiva y que es del siguiente tenor literal: “Como es sabido el cobro de multas en vía ejecutiva, especialmente las de tráfico, no ha sido encomendada hasta el día de la fecha al Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife, entre otras razones, como así se indica en el acuerdo del propio Consorcio de 18 de septiembre de 1990, por la necesidad de depuración de los entonces pendientes de cobro.

Sabido es también la necesidad, hoy urgente, de proceder, por esta vía de cobro, no tanto por una mayor o menor eficaz recaudación sobre el particular, sino, y entre otras cosas, como arma de disuación del incumplimiento de toda normativa, por ello, y en base al meritado acuerdo del Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife, en el que con respecto a multas de tráfico y después de aceptar el cobro por dicha vía y concreta exacción de otros Ayuntamientos, establece en su párrafo 2, aceptar asimismo exacta propuesta de cobro de otras Corporaciones consorciadas sin necesidad de que se adopte acuerdo a tal fin.

En base a ello, formula al Excmo. Ayuntamiento la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

1. Encomendar el cobro en vía ejecutiva de todo tipo de multas, especialmente las de tráfico, al Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife.

2. Que se dé cuenta del presente acuerdo al referido Consorcio, al objeto de que tal encomienda surta sus efectos a partir del momento de la recepción del mismo.”

Tras un breve intercambio de impresiones, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, acordó por unanimidad, prestar su conformidad y aprobar la expresada propuesta en los propios términos en que ha sido redactada.

Puerto de la Cruz, a 25 de agosto de 1992.- El Secretario, Pedro Santiago Díaz Baeza.- V.B.: el Alcalde, Félix Real González.

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