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Estimar el recurso de alzada interpuesto por Dña. María de los Ángeles Santos Elorrieta, titular del Bar Parada, contra la Resolución de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas de 14 de agosto de 1991, por la que se le impuso la multa de cien mil pesetas, por infracción a la normativa sobre el juego.
Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse ante esta Consejería, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su notificación y contra su desestimación, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, si ésta fuera expresa o un año desde su interposición si no lo fuera, en virtud del artículo 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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