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RESULTANDO
Que el expediente fue sometido al informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, que lo emitió en sesión ordinaria celebrada el 10 de junio de 1992, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento, que suministra el Ayuntamiento de Garachico:
CONSUMO DOMÉSTICO
Mínimo 200 ptas.
De 0 a 30 m3/ptas. 50 ptas./m3
De 30 a 40 m3/ptas. 78 ptas./m3
De 40 a 50 m3/ptas. 89 ptas./m3
Más de 50 m3 106 ptas./m3
CONSUMO INDUSTRIAL
112 pesetas el m3
CONSIDERANDO
Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 30 de septiembre del mismo año.
Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, los Decretos del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto; 147/1991, de 17 de julio, de Reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 251/1991, de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,
D I S P O N G O:
Autorizar al Ayuntamiento de Garachico, las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones solicitadas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y su aplicación se realizará de forma escalonada.
Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y en el artículo 52 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de julio de 1992.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y CONSUMO,
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN
TERRITORIAL DE PRECIOS
DE SANTA CRUZ DE TENERIFE,
Andrés Calvo González.
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