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BOC Nº 102. Viernes 24 de Julio de 1992 - 1100

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Trabajo y Función Pública

1100 - ORDEN de 15 de julio de 1992, por la que se delegan en el Director General de Trabajo, competencias en materia de concesión de las subvenciones previstas en el Decreto Territorial 83/1992, de 22 de mayo, por el que se regulan los programas del Gobierno de Canarias para el fomento del empleo.

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El artículo 2 del Decreto Territorial 83/1992, de 22 de mayo, por el que se regulan los programas del Gobierno de Canarias para el fomento del empleo (B.O.C. nº 81, de 19.6.92), en relación con el artículo 3.1 del Decreto Territorial 18/1991, de 21 de febrero (B.O.C. nº 27, de 1.3.91) atribuye al titular del Departamento la competencia en materia de concesión de las subvenciones previstas en el Decreto 83/1992, ya citado.

Por otra parte, el artículo 21.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo recoge expresamente los principios de economía, celeridad y eficacia como inspiradores de la actuación administrativa y el artículo 3.2 del Decreto 18/1991, de 21 de febrero, posibilita la utilización de la técnica de la delegación de competencias en materia de concesión de ayudas y subvenciones públicas en favor de los órganos que, por aplicación del principio de eficacia, sean más idóneos para el ejercicio de las mismas, presupuesto que concurre en el titular de la Dirección General de Trabajo, permitiendo con ello obtener una mayor agilización en la gestión y resolución de dichos expedientes, en todo caso, con estricto respeto a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad recogidos en el artículo 52 de la Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y el artículo 3.2 del Decreto 18/1991, de 21 de febrero, por el que se establece el régimen general de las ayudas y subvenciones, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 29.G) de la citada Ley 14/1990 y artículo 49 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en el Director General de Trabajo la facultad de conceder las subvenciones y ayudas previstas en el Decreto Territorial 83/1992, de 22 de mayo, por el que se regulan los programas del Gobierno de Canarias para el fomento del empleo.

Segundo.- Las delegaciones conferidas por esta Orden se entenderán sin perjuicio de la potestad de revocarlas con carácter general o, en su caso, avocarlas para la resolución de un determinado expediente.

Tercero.- Las Resoluciones que se adopten en ejercicio de la presente delegación, harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por el órgano delegante.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de julio de 1992.

EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, Blas Gabriel Trujillo Oramas.

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