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No teniendo constancia en esta Dirección General de Vivienda del domicilio de la empresa JORGCASA y siendo preciso notificarle el oportuno Pliego de Cargos recaído en el expediente S-67/91 como consecuencia de la denuncia formulada contra la misma, a los efectos de que alegue lo que estime oportuno y conforme al artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
Notificar a la empresa JORGCASA, el Pliego de Cargos recaído en el expediente sancionador S-67/91, que se le ha instruido por la infracción del Régimen Legal que regula las viviendas de protección oficial disponiendo de un plazo de ocho días contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo que a su derecho convenga, ordenando o proponiendo las pruebas que estime oportunas.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 1992.- La Directora General de Vivienda, Isabel Déniz de León.
EXPEDIENTE: S-67/91. DENUNCIADO: empresa JORGCASA. DENUNCIANTE: Florentino de Diego Díaz. VIVIENDA OBJETO DE LA DENUNCIA: Edificio JORGCASA, El Médano, Granadilla. TRÁMITE: Pliego de Cargos. PLAZO PARA FORMULAR ALEGACIONES: ocho días a contar del siguiente a la publicación de la presente resolución. INFRACCIÓN: la negligencia de Promotores, Constructores durante la ejecución de las obras que diere lugar a vicios o defectos que afecten a la edificación y que se manifiesten dentro de los cinco años siguientes a la Calificación Definitiva de la Vivienda de Protección Oficial. PRECEPTO: artº. 153.c).6 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de 1968.
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