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BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria:
La provisión por el procedimiento de concurso-oposición libre de dos plazas de Ayudantes de Auditoría de la Audiencia de Cuentas de Canarias, Grupo C, nivel 20.
Segunda.- Características del puesto de trabajo:
- Denominación: Ayudantes de Auditoría.
- Nº de puestos de trabajo: dos.
- Naturaleza: funcionarios de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
- Localización: Santa Cruz de Tenerife.
- Requisitos:
* Bachiller Superior o equivalente.
* Conocimientos de contabilidad pública, privada y de normas de auditoría generalmente aceptadas.
* Deseable poseer experiencia en auditoría externa en el sector público.
Tercera.- Funciones a realizar:
- Verificación, comprobación y control de cuentas y de la gestión económico-financiera del sector público.
Cuarta.- Requisitos de los aspirantes:
Los aspirantes, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, deberán reunir las siguientes características:
a) Ser español.
b) Tener dieciocho años cumplidos.
c) Estar en posesión de Bachiller Superior o equivalente.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el desempeño de las funciones.
e) No haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública, ni haber sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Quinta.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, redactadas según modelo oficial, anexo I, se presentarán en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las presentes bases, y en los siguientes lugares:
- Sede de la Audiencia de Cuentas de Canarias, Rambla General Franco, 57, Edificio Villa Clara, en Santa Cruz de Tenerife.
- En las oficinas que previene el Decreto 100/1985 del Gobierno de Canarias.
- En las oficinas de Correos, según el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Sexta.- Derechos de examen y admisión:
Los derechos de examen serán de 1.000 ptas., cuyo ingreso se efectuará en la Caja del Parlamento de Canarias.
Para acreditar la admisión, los aspirantes habrán de presentar al Secretario del Tribunal, junto al Documento Nacional de Identidad, copia de la correspondiente instancia y documento acreditativo del ingreso de los derechos de examen, todo ello registrado dentro del plazo de presentación de instancias.
Séptima.- Por la Audiencia de Cuentas de Canarias se procederá a la publicación de la lista de admitidos en el plazo de un mes siguiente a la terminación del plazo de presentación de instancias mediante anuncio en el tablón de anuncios de la Sede de la Audiencia de Cuentas y Boletín Oficial de Canarias. Se fijará igualmente el lugar, fecha y hora del ejercicio de la oposición.
Octava.- Tribunal:
El Tribunal estará compuesto por:
El Presidente: el Excmo. Sr. Presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias, o en quien delegue.
Vocal 1º: titular y suplente: el Iltmo. Sr. Consejero de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Vocal 2º: titular y suplente: el Iltmo. Sr. Consejero de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Vocal 3º: titular y suplente: funcionario de carrera de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Vocal 4º: titular y suplente: funcionario de carrera de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Secretario: el Iltmo. Sr. Secretario General de la Audiencia de Cuentas de Canarias, o funcionario, de la misma, que le sustituya.
Se autoriza a la Presidencia de la Audiencia de Cuentas a designar los miembros del Tribunal de acuerdo con estas bases.
El Tribunal podrá incorporar ayudantes especialistas que se limitarán al ejercicio de su actividad técnica.
El Tribunal resolverá las incidencias y dudas que se presenten en el desarrollo de las pruebas.
Tendrán representación ante el Tribunal las Centrales Sindicales de mayor implantación y representatividad en esta Comunidad Autónoma.
Novena.- Sistema de selección:
A) Concurso:
En esta fase se valorarán las siguientes condiciones:
Formación:
* Cursos, seminarios, jornadas y otras actividades relacionadas con las funciones a desarrollar, en los Órganos de Control Externo: por cada curso, seminario, jornada u otra actividad 0,5 puntos, máximo 1 punto.
Experiencia:
* Experiencia profesional en funciones con el trabajo a desarrollar en los Órganos de Control Externo: 0,10 por mes, máximo 2,0 puntos.
* Experiencia profesional en funciones de instrucción, contabilidad o auditoría interna o externa en el sector público: 0,10 por mes, máximo 1 punto.
* Servicios prestados en la Administración Pública: 0,10 por mes, máximo 1 punto.
Otros méritos:
* Se valorará en este apartado méritos no evaluados en apartados anteriores, máximo 0,5 puntos:
- Titulación superior a la requerida, 0,25 puntos.
- Cursos, seminarios y jornadas de especialización no contemplados en apartados anteriores, 0,25 puntos.
La valoración de los méritos en la fase de concurso solo será efectiva si se supera la fase de oposición, en cuyo caso la puntuación se acumulará a fin de obtener el orden de puntuación.
B) Oposición:
La oposición constará de un ejercicio, a celebrar en unidad de acto, consistente en:
a) Desarrollo por escrito de cuatro temas de materias de Presupuesto, Contabilidad Pública, Auditoría y Control de la Actividad Económico-Financiera del Sector Público. Los programas de esta materia se acompaña a las presentes bases como anexo II.
El tiempo será de una hora por tema.
A los aspirantes podrá convocárseles para la lectura.
b) Resolver dos supuestos de contabilidad o auditoría pública o privada en un tiempo máximo de 90 minutos por supuesto.
La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos. La puntuación mínima para superar el ejercicio será de 5 puntos.
Décima.- Comienzo y desarrollo de los sistemas selectivos.
A) Darán comienzo el ejercicio de oposición, en lugar, fecha y hora señalados en la resolución prevista en la base séptima debiendo transcurrir un mínimo de dos meses desde la publicación de la presente convocatoria.
B) Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.
C) Los aspirantes deberán concurrir a los ejercicios provistos de su Documento Nacional de Identidad. En cualquier momento los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes su exhibición con el fin de acreditar su personalidad.
D) En la práctica del ejercicio de la oposición, se adoptarán las medidas necesarias para garantizar que en la corrección de aquéllos sea desconocida por los miembros del Tribunal la identidad de los aspirantes.
E) El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para realización del ejercicio que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
Undécima.- Las listas de aspirantes que superen el ejercicio de la oposición, se expondrá debidamente certificadas por el Secretario con el visto bueno del Presidente del Tribunal, en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, sin perjuicio de que se hagan públicas en otros lugares, de estimarse conveniente.
Duodécima.- Efectuada la valoración de méritos, el Tribunal hará públicas las listas con la puntuación otorgada a cada aspirante en el concurso así como la obtenida en la oposición, y suma de ambas, que determinará el orden final de los aspirantes. También podrá exponer lista de aspirantes que habiendo superado la oposición, no obtuvieran plaza, con el objeto de que los mismos pudieran ser tenidos en cuenta en un futuro aumento de la plantilla en condición de funcionarios interinos de la Audiencia de Cuentas o considerados como mérito preferente para contratos laborales temporales, en un plazo máximo de 10 meses a partir de la publicación de las listas aspirantes seleccionados en el B.O.C.
Decimotercera.- Los aspirantes seleccionados aportarán ante la Audiencia de Cuentas de Canarias, en el plazo de veinte días naturales siguientes a la publicación, a que se refiere la base duodécima, mediante la correspondiente instancia, la siguiente documentación:
a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido u otro superior, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.
c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base cuarta, d) de la presente convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
e) Documento justificativo de méritos alegados en la fase concurso.
Decimocuarta.- Los aspirantes seleccionados que hubieren presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la base anterior y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigibles, serán nombrados funcionarios de la Audiencia de Cuentas de Canarias, debiendo tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la citada publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias. Decaerán de su derecho quienes no tomaran posesión en dicho plazo salvo que medie solicitud y concesión de prórroga justificada.
Decimoquinta.- Impugnaciones.
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de ella, así como la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.
Las presentes bases fueron aprobadas por el Pleno de la Audiencia de Cuentas en su sesión celebrada el día 29 de abril de 1992.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de mayo de 1992.- El Presidente, Antonio Márquez Fernández.- El Secretario General, Fernando Mayans Ferrer.
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A N E X O I I
LOS PRESUPUESTOS Y DERECHO FINANCIERO
Tema 1.- El Presupuesto, su aparición histórica y su concepto. Principios políticos y contables del Presupuesto.
Tema 2.- El Presupuesto del Estado: concepto y contenido. Estructura presupuestaria: fines y vinculación. Elaboración, aprobación y prórroga del Presupuesto. Las modificaciones presupuestarias: clases y régimen legal.
Tema 3.- El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias: concepto y contenido. Estructura presupuestaria: fines y vinculación. Elaboración, aprobación y prórroga del Presupuesto. Las modificaciones presupuestarias: clases y régimen legal.
Tema 4.- Presupuestos de las Entidades Locales: concepto y contenido. Estructura presupuestaria: fines y vinculación. Elaboración y aprobación del Presupuesto. Procedimiento para su aprobación con especial referencia a las bases de ejecución del Presupuesto.
Tema 5.- Los Presupuestos de los Organismos Autónomos y de las Sociedades Mercantiles con capital mayoritario público: elaboración y aprobación. Sus modificaciones presupuestarias.
Tema 6.- Los Presupuestos de la Seguridad Social: concepto y contenido. Elaboración y aprobación. Sus modificaciones presupuestarias: clases y régimen legal.
CONTABILIDAD PÚBLICA
Tema 1.- La contabilidad pública: principios generales. Los sistemas de contabilidad pública. El Plan General de Contabilidad Pública.
Tema 2.- Fases de la contabilidad pública: documentos contables y libros de contabilidad.
Tema 3.- La Instrucción de contabilidad presupuestaria del gasto público de la Comunidad Autónoma de Canarias: contenido y descripción.
Tema 4.- El cierre del ejercicio de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Canarias: contenido y formación. Estados a rendir y documentación a suministrar.
Tema 5.- El sistema contable actual en la Administración Local: documentos contables, libros de contabilidad y desarrollo contable.
Tema 6.- La Cuenta General de las Entidades Locales: contenido, formación y aprobación. Estado a rendir y documentación a suministrar.
Tema 7.- La contabilidad de los Organismos Autónomos del Estado y de la Administración Local: principios generales, ámbito de aplicación y fines.
Tema 8.- La Cuenta General de los Organismos Autónomos: contenido, formación y aprobación. Estados a rendir y documentación a suministrar.
Tema 9.- La especialidad contable de las Sociedades Mercantiles pertenecientes al sector público: rendición de sus cuentas y aprobación. Estados a rendir y documentación a suministrar.
AUDITORÍA
Tema 1.- La auditoría: concepto general. Los distintos enfoques de la auditoría. Objetivos que persigue. La auditoría como forma de control. Auditoría externa e interna.
Tema 2.- El régimen legal de la Auditoría de Cuentas en España. Organización y funciones del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Responsabilidad del auditor.
Tema 3.- Principios y criterios de contabilidad generalmente aceptados en España. Principios y criterios contables internacionales. Principales organizaciones que los promulgan.
Tema 4.- Las normas de auditoría de cuentas generalmente aceptadas; normas técnicas generales sobre ejecución del trabajo y sobre el contenido y preparación de informes.
Tema 5.- El control interno. Definición. Clasificación. Alcance. Controles internos contables: clases y objetivos.
Tema 6.- Los informes deducidos de la fiscalización. Clases y características.
CONTROL DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO
Tema 1.- El control de la actividad económico-financiera del sector público. Concepto y clases. Control administrativo, control jurisdiccional y control político o parlamentario.
Tema 2.- La Intervención en la Comunidad Autónoma de Canarias: organización y funciones.
Tema 3.- La Intervención en la Administración Local: organización y funciones.
Tema 4.- El control interno en los Organismos Autónomos y Sociedades del sector público.
Tema 5.- El control externo: el Tribunal de Cuentas. Origen, evolución histórica y funciones.
Tema 6.- Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de Cuentas: naturaleza y características. La iniciativa fiscalizadora, con especial referencia al programa anual. Utilización por el Tribunal de Cuentas de documentos e informes de otros Órganos de Control Externo. La rendición de las cuentas al Tribunal: entidades y personas obligadas.
Tema 7.- Los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas. Organización y competencias. Relaciones del Tribunal de Cuentas con los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas: principios informadores. Utilización por el Tribunal de Cuentas de informes y documentos emanados de estos Órganos. Encomienda y delegación de funciones del Tribunal en los Órganos de Control Externo.
Tema 8.- La Audiencia de Cuentas de Canarias: composición, organización y atribuciones.
Tema 9.- La Audiencia de Cuentas de Canarias: procedimiento de actuación, con especial referencia a la instrucción.
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