Estás en:
Se hace saber a Recreativos Mayoral, titular de la empresa operadora nº 162.782, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador que se ha incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 245/91, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, recayendo una sanción de cien mil pesetas, por la instalación en la sala de bingo Real Automóvil Club, sito en Santa Cruz de Tenerife, calle Doctor Allart, 1, de las máquinas recreativas tipo B, TF-B-5812 y la TF-B-4783, careciendo, al momento de la inspección, de la pegatina o justificante de pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego correspondiente al año 1991. Lo que supone infracción a los artículos 30.1.d) y 41.3 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
Contra cuya Resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el Consejero de la Presidencia, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, y contra su desestimación cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la desestimación del recurso de alzada.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de abril de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
© Gobierno de Canarias