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No teniendo constancia en esta Dirección General de Vivienda, del domicilio de la entidad mercantil Tecnacon, S.A. (Constructora) y siendo necesario notificarle el oportuno Pliego de Cargos, como consecuencia de la instrucción de expediente sancionador por infracción del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, a los efectos de que se formulen las alegaciones que se estimen convenientes, y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
Notificar a la entidad mercantil Tecnacon, S.A. (Constructora) la instrucción de expediente sancionador bajo la nomenclatura S-1/92, imputándosele el siguiente Pliego de Cargos:
Existencia de vicios y defectos constructivos en las viviendas acogidas a la protección oficial al amparo del expediente 35-1G-0016/88-28, sitas en la Urbanización Los Lirios II, de Tías, Lanzarote, que afectan al bloque 4, viviendas Bajo A, B, C y D, 1º A, 1º D, 1º C, bloque 3, viviendas Bajo A y D, 1º A y 1º C, bloque 2, viviendas Bajo C y 1º C, estando incurso en la infracción prevista en el artº. 153.C) 6, del Reglamento de V.P.O., Decreto 2.114/1968, de 24 de julio.
Contra el referido Pliego de Cargos, podrán formularse las alegaciones que se estimen convenientes en su descargo, en el plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de marzo de 1992.- La Directora General de Vivienda, María Isabel Déniz de León.
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