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BASES
1.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad por el procedimiento de promoción interna y mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Sargento de la Policía Local, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local y sus auxiliares.
La plaza que se convoca está encuadrada en los Grupos y Subgrupos de la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, en concordancia con las normas legales vigentes, y dotadas con el sueldo, grado y trienios correspondientes al Grupo C, además de dos pagas extraordinarias y demás retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente y con edad de jubilación a los 65 años.
2.- Condiciones de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso-oposición, será necesario:
a) Cumplir con los requisitos exigidos con carácter general en el artículo 135 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril.
b) Estar en posesión como mínimo del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2º Grado o equivalente.
c) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A-2, B-1 y B-2.
d) Podrán tomar parte en el concurso-oposición los funcionarios de esta Corporación actualmente en activo que ostenten en propiedad la plaza de Cabo de la Policía Local de este Excmo. Ayuntamiento con una antigüedad de al menos dos años.
Los requisitos establecidos en la presente Base deberán cumplirse el día que finalice el plazo de presentación de instancias.
3.- Presentación de instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas objeto de la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de esta Corporación, y se presentarán en el Registro General de ésta en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, manifestando los aspirantes que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2.
Los aspirantes deberán adjuntar a su instancia los justificantes originales o debidamente compulsados de los méritos alegados y especificados.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
4.- Admisión de instancias.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y será expuesta en el tablón de anuncios de la Corporación por plazo de quince días hábiles, a efectos de reclamaciones, a tenor del artículo 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
En el supuesto que no sean presentadas reclamaciones, se entenderá elevada a definitiva la lista provisional.
Por Resolución del mismo órgano, se determinará lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, y en su caso, orden de actuación de los aspirantes.
5.- Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador constará de cinco miembros y estará constituido conforme se determina en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio (B.O.E. nº 142, de 14.6.91).
6.- Comienzo y desarrollo de las pruebas.
La fecha, hora y lugar de celebración de las pruebas serán anunciados al menos con quince días de antelación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación.
El orden de actuación de los aspirantes en aquellas pruebas en que tuvieran que actuar individualmente será publicado del mismo modo en los citados medios. El Tribunal se reserva la facultad de celebrar en una misma sesión las diferentes pruebas si se dieren las condiciones para ello y siempre que no se produzca indefensión a los aspirantes.
7.- Sistema de selección.
El sistema de selección será por concurso-oposición, mediante el procedimiento de promoción interna.
La fase de concurso será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta en esta última.
1º) Fase oposición.
La oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: de carácter obligatorio, consistirá en desarrollar por escrito un tema relacionado con los que figuran en el temario anexo a la convocatoria, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo, durante el tiempo máximo de una hora y treinta minutos.
Segundo ejercicio: de carácter obligatorio, consistirá en contestar oralmente a dos temas extraídos al azar entre los que figuran en el temario anexo, uno de cada parte del mismo y durante un tiempo máximo de treinta minutos.
Las calificaciones de cada ejercicio se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.
Se hará la media aritmética de los dos ejercicios para obtener la calificación de la fase de oposición.
2º) Fase concurso.
Para los que hubieren superado la anterior fase, en la fase de concurso, se valorarán los méritos conforme al baremo siguiente:
1. Por servicios prestados en la Policía Local de este Ayuntamiento o prestados en cualquier otra Administración Pública en Cuerpos de Seguridad o Policía: 0,1 puntos por cada año hasta un máximo de 2,00 puntos.
2.1. Por estar en posesión de Título Medio Universitario: 0,50 puntos, computándose solo uno de ellos.
2.2. Por estar en posesión del Título Nacional de Socorrista, expedido por la Federación Nacional, Cruz Roja o Protección Civil, como sigue:
- Primeros Auxilios: 0,2 puntos.
- Socorrista: 0,2 puntos.
- Socorrista Acuático: 0,2 puntos.
- Monitor: 0,3 puntos.
Computándose solamente uno de ellos.
2.3. Por Certificado de Asistencia a cursos de Especialización de la Policía Local, organizados por I.E.A.L. u otro Organismo Oficial: 0,3 puntos.
2.4. Por estar en posesión de Diploma o Carnet expedido por la Federación o Delegación de Deportes de Judo o de cualquier otra arte marcial federada, según la siguiente escala:
- Cinturón amarillo, naranja o verde: 0,1 puntos.
- Cinturón marrón: 0,2 puntos.
- Cinturón negro: 0,3 puntos.
- Lucha Canaria: 0,2 puntos.
Solo se computará el Diploma Superior en Categoría.
2.5. Por estar en posesión del permiso de conducir de la clase:
C 0,1 puntos.
D 0,2 puntos.
E 0,3 puntos.
Solamente se computa uno de ellos.
2.6. Otros méritos alegados por el concursante y a juicio y criterio del Tribunal.
El número máximo de puntos que se computarán por este apartado será de dos.
La puntuación obtenida en esta fase no podrá exceder del 40% de la obtenida en la fase de oposición. La calificación definitiva estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.
8.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramientos.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación.
Dicho Tribunal formulará propuesta de nombramiento que no podrá ser superior al número de plazas vacantes.
Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación dentro del plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios de la Corporación, los documentos acreditativos de las condiciones exigidas para tomar parte en las pruebas por la base 2.
Si dentro del plazo señalado y salvo los casos de fuerzas mayores, los opositores propuestos no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia.
Los opositores nombrados deberán tomar posesión de la plaza en el plazo de treinta días siguientes a contar del siguiente al de la recepción de la notificación de su nombramiento.
9.- Recursos y reclamaciones.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley de Procedimiento Administrativo.
10.- Norma final.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios, para el buen orden de las presentes pruebas selectivas, en todo lo previsto en estas Bases.
Ingenio, a 20 de enero de 1992.- El Alcalde, Juan José Espino del Toro.
A N E X O
PARTE PRIMERA
Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Principios básicos. Estructura. Aspectos relevantes. Breve historia del constitucionalismo histórico español.
Tema 2.- Derechos fundamentales. Modos de protección. Clases. Tribunal Constitucional y Defensor del Pueblo.
Tema 3.- La Corona. Las Cortes. El Gobierno de la Nación.
Tema 4.- Las Comunidades Autónomas. Vías de acceso a la autonomía. Consecuencias. Estatuto de Autonomía.
Tema 5.- La Ley Orgánica 14/1983, de 12 de diciembre, sobre asistencia letrada al detenido y al preso. Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de “habeas corpus”.
Tema 6.- El Ayuntamiento: su composición, atribuciones, competencias, obligaciones mínimas. El Alcalde, competencias y carácter, nombramiento. Resto de los órganos municipales, competencias y carácter.
Tema 7.- La Policía Local en el orden público. La actuación de la Policía Judicial.
Tema 8.- Los delitos y las faltas. Autores. Circunstancias que eximen de responsabilidad criminal, la atenúan y la agravan. Las penas.
Tema 9.- El accidente. Recogida de datos y materialización de los mismos. Análisis del accidente. Recogida de testimonios y otras pruebas. El atestado.
Tema 10.- El Ministerio de Administración Territorial. El Ministerio del Interior: Dirección General de Tráfico. Los Gobernadores Civiles. Los Delegados o Directores Ministeriales en la provincia.
PARTE SEGUNDA
Tema 1.- Funciones de la Policía Local en relación con el urbanismo, bienes e instalaciones municipales, sanidad y abastecimientos, apertura de establecimientos y extinción de incendios.
Tema 2.- La Policía Local y sus relaciones con el público. Jerarquía, obediencia y disciplina. El trato con los superiores e inferiores.
Tema 3.- La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en lo que afecta a las disposiciones generales. Régimen disciplinario y Policías Locales. Disposiciones estatutarias comunes.
Tema 4.- Permisos de conducir. Clases. Documentación de un vehículo. Permiso de circulación. Matrículas extranjeras. Placas verde, azul y roja.
Tema 5.- Velocidad. Normas generales. Limitaciones de velocidad por razón de la vía, vehículos y conductores. Separación entre vehículos. Señales relacionadas con la velocidad.
Tema 6.- Denuncias. Infracciones susceptibles de retirada del permiso de conducir. Otros tipos.
Tema 7.- Localización en la Villa. Calles, lugares, sitios, barrios, zonas. Distribución especial y ubicación.
Tema 8.- Edificios oficiales e histórico-artísticos existentes en la Villa de Ingenio. Enumeración y localización.
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