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- Fotocopia del D.N.I. y domicilio del Presidente, Administradores, Consejeros y Directivos de la Sociedad, con expresión del capital suscrito desembolsado, con la cuota de participación de los socios o promotores y copia de los Estatutos.
- Certificado de antecedentes Penales expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes, del representante social y de los socios promotores administradores de la Sociedad, Directores Generales y Apoderados, junto con la declaración complementaria a que se refiere la Ley 68/1980, de 1 de diciembre.
- Relación de medios humanos y técnicos con que cuenta para el ejercicio de la actividad, así como de los locales, oficinas, naves o almacenes de que disponga, indicando si son propios o ajenos.
- Haber constituido la fianza de la cuantía correspondiente.
En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 33.8.d) y 33.8.e) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, deberá cumplimentar en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio la documentación arriba reseñada. En caso contrario, esta Administración procederá a iniciar expediente de cancelación de empresa operadora.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de febrero de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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