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I.- AMPLIACIÓN DE ENSEÑANZAS
El Instituto Politécnico de Formación Profesional “Virgen de Candelaria” ampliará, a partir del curso 1991/92, según el calendario de implantación progresiva que se indica, las siguientes enseñanzas:
Curso 1991/92: Curso de Enseñanzas Complementarias para el acceso del Primero al Segundo Grado.
Segundo Grado.
Rama Hostelería y Turismo: especialidad “Administración Hostelera y Agencias de Viaje” Régimen General.
Curso 1992/93: Primer Curso.
Curso 1993/94: Segundo Curso.
II.- EXTINCIÓN DE ENSEÑANZAS
A partir del curso 1991/92 se dejarán de impartir en el citado Instituto, las enseñanzas que se indican de acuerdo con la siguiente secuencia:
Segundo Grado.
Rama Administrativa y Comercial: especialidades no reguladas “Comercial” y “Contabilidad” (autorizadas por Orden Ministerial de 14 de agosto de 1980; B.O.E. nº 208, de 29.8.80).
Curso 1991/92: Primer Curso.
Curso 1992/93: Segundo Curso.
Curso 1993/94: Tercer Curso.
III.- DISPOSICIONES FINALES
1. Se autoriza a la Dirección General de Centros para dictar las Resoluciones que considere necesarias para la adecuada aplicación e interpretación de lo que por la presente se dispone.
2. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 1992.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
José Antonio García Déniz.
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