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1992/034 - Viernes 13 de Marzo de 1992

VI. ANUNCIOS
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C.Política Territorial

Regresar al sumario 370 ORDEN de 4 de febrero de 1992, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido del Plan Parcial El Matorral, término municipal de Puerto del Rosario (Fuerteventura).

Resultando: que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 18 de abril de 1991, acordó suspender la aprobación del Plan Parcial de referencia.

Resultando: que en dicho Acuerdo se requería la elaboración de un Texto Refundido que recogiese los condicionantes impuestos por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, incorporando al mismo las rectificaciones realizadas en los planos de ordenación, cuadros de características y ordenanzas, demorando su entrada en vigor hasta la toma de conocimiento.

Resultando: que por la Corporación local se remitió a esta Consejería el Texto Refundido completo, con acuerdo del Pleno aprobando por unanimidad las correcciones impuestas por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias.

Considerando: que es competencia del Consejero de Política Territorial del Gobierno de Canarias la presente resolución conforme dispone el artē. 13.14 del Decreto 306/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Política Territorial.

Vistos los informes técnicos favorables emitidos, Texto Refundido de la Ley del Suelo, Decreto 306/1991 y demás normas de general y pertinente aplicación.

D I S P O N G O:

Dada cuenta de las correcciones efectuadas, las que se consideran subsanadas, se toma conocimiento del Texto Refundido del Plan Parcial El Matorral, término municipal de Puerto del Rosario, entendiendo cumplimentadas las condiciones señaladas en el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 18 de abril de 1991, entrando en vigor el Plan, una vez publicada esta toma de conocimiento.

Notifíquese la presente resolución al Ayuntamiento de Puerto del Rosario y al interesado, y publíquese la presente Orden.

Contra la presente Orden, cabe interponer recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación y contra su desestimación expresa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso; y si ésta fuera presunta, en el plazo de un año a partir de la interposición del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artē. 58 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de febrero de 1992.

EL CONSEJERO DE

POLÍTICA TERRITORIAL,

José Francisco Henríquez Sánchez.

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