BOC - 1992/031. Viernes 6 de Marzo de 1992 - 258

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

258 - ORDEN de 21 de febrero de 1992, por la que se convoca la selección de participantes en la actividad de Escuelas Viajeras en el ámbito del Archipiélago Canario, para el año 1992.

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La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, conocida la demanda existente para la realización de actividades escolares fuera del aula, y vista la necesidad de aumentar sensiblemente la actual oferta, permitiendo que un mayor número de alumnos de todo el archipiélago, lleguen a conocer, en este caso, la propia Comunidad en que viven, convoca la actividad de Escuelas Viajeras en el ámbito de las Islas Canarias.

Teniendo en cuenta las dificultades que crea la insularidad, de cara a facilitar el intercambio entre los distintos rincones del Archipiélago y el desconocimiento que aún persiste entre un alto porcentaje de isleños de su propia realidad, más allá de sus límites geográficos más cercanos, se ve como muy necesario el fomentar el intercambio y la convivencia entre escolares de la Comunidad Canaria, como medio de superar aquellas diferencias que de forma artificial separan a los habitantes de las islas.

De acuerdo con este espíritu, se organiza esta actividad que tiene como fin el seguimiento, por cincuenta y cuatro (54) grupos de 17 alumnos de sexto y séptimo de Educación General Básica, de una ruta de seis días de duración, que conforme a un diseño educativo se desarrollará en las islas de Gran Canaria, Tenerife o La Gomera teniendo como finalidad el propiciar en los/as alumnos/as el conocimiento de ambientes socio-culturales y naturales diferentes del lugar habitual de residencia, el trabajo en equipo, la cooperación y solidaridad, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.- Serán seleccionados para participar en la actividad, 54 colegios, con grupos compuestos de 17 alumnos/as y un/a profesor/a acompañante, tutor/a de dichos alumnos o que habitualmente les imparta clases, al objeto de realizar un recorrido de seis días de duración por alguna de las rutas que aparecen relacionadas en el anexo I de la presente Orden, y siguiendo los objetivos marcados en un anteproyecto pedagógico previamente elaborado.

Segunda.- 1. Las Escuelas Viajeras en Canarias se llevarán a cabo en las fechas comprendidas entre el 20 de abril y el 6 de junio en Gran Canaria y La Gomera y el 28 de septiembre y el 14 de noviembre de 1992 en Tenerife y La Gomera.

2. El recorrido de las rutas se iniciará el lunes de cada semana, con la llegada de los alumnos a la cabecera de ruta y terminará el sábado siguiente.

Tercera.- Las solicitudes serán presentadas por los Centros Públicos de E.G.B. que deseen participar y suscritas por el Director del Centro, como Presidente del Consejo Escolar, las cuales deberán contener obligatoriamente los siguientes requisitos:

a) Declaración responsable del Director del Centro que como Presidente del Consejo Escolar declare los extremos contenidos en el artículo 11.2 del Decreto 18/1991, de 21 de febrero, por el que se establece el régimen general de las ayudas y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 2/1992, de 17 de enero, en cuanto los citados extremos le sean de aplicación atendiendo a la naturaleza que, de dependientes del Gobierno de Canarias, tienen los Centros Públicos de E.G.B. Todo ello según modelo que se incorpora a la presente como anexo VI.

b) Relación nominal del grupo de 17 alumnos de sexto y séptimo de Educación General Básica y el nombre de el/la profesor/a acompañante y el/la suplente, según el modelo de solicitud que figura en el anexo II.

c) Anteproyecto pedagógico de actividades a realizar en relación con la programación del Centro y con los objetivos generales que figuran en el anexo VII.

d) Aprobación del Consejo Escolar del Centro, tanto de la actividad, como de los/las alumnos/as participantes (anexo V).

e) Aportación de los criterios utilizados para la selección de los/as alumnos/as y profesor/a acompañante.

f) Autorización del padre, madre o tutor de los alumnos integrantes del grupo (anexo III).

Cada Centro Escolar podrá presentar solamente una única solicitud.

El/la profesor/a acompañante tendrá que ser necesariamente el/la tutor/a o, en su caso, un/a profesor/a de los que habitualmente imparten clases al grupo de alumnos/as.

Las solicitudes serán presentadas en cualquiera de las dos Direcciones Territoriales de Educación, en el plazo de 15 días naturales a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarta.- 1. La selección de los grupos se realizará teniendo en cuenta el anteproyecto pedagógico presentado y las características socio-económicas de la zona en que está ubicado el centro docente. Con ello se pretende dar preferencia a aquellos alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y en este sentido tendrán preferencia los alumnos provenientes de zonas rurales o suburbiales.

2. La distribución de los grupos por islas será la siguiente: El Hierro, 3; La Gomera, 4; La Palma, 6; Tenerife, 14; Gran Canaria, 16; Fuerteventura, 5; Lanzarote y La Graciosa, 6. 3. En el caso de que para una determinada isla no se presenten solicitudes suficientes o éstas no cumplan los requisitos exigidos, la Comisión de Selección podrá adjudicar dichas plazas a otras islas donde la demanda así lo aconseje.

Quinta.- La Comisión de Selección a que se hace referencia, en la disposición cuarta, apartado 3, se constituirá en la Dirección General de Promoción Educativa y estará integrada por:

- El/la Director/a General de Promoción Educativa o funcionario en quien delegue, que actuará como Presidente.

- Los/as Directores/as Territoriales de Educación o personas en quien deleguen.

- Dos representantes de la Inspección General de Educación, uno por cada provincia.

- Dos profesores de Educación General Básica, uno por cada provincia, que hayan participado en convocatorias anteriores de la actividad de Escuelas Viajeras, designados por la Dirección General de Promoción Educativa.

- Un/a funcionario/a de la Dirección General de Promoción Educativa, que actuará como Secretario.

Sexta.- 1. La colaboración económica por parte de la Consejería asciende a catorce millones (14.000.000) de pesetas, para lo cual existe crédito suficiente en la Ley 11/1991, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, aplicación presupuestaria 18.06.321A.480.00, línea de actuación 18401102, cantidad que será destinada a subvencionar los gastos que en desarrollo de esta actividad se generen por los alumnos participantes en el Programa de Escuelas Viajeras. No obstante, y en aras a una mejor justificación de la subvención, tal y como exige la legislación vigente, estas cantidades serán libradas a aquellas personas, empresas o centros que presten el servicio origen del gasto, una vez se haya realizado el mismo.

2. Con arreglo a lo establecido en el artº. 8.2.h) del Decreto 18/1991, de 28 de febrero, los que resulten beneficiarios de la presente convocatoria deberán someterse a las actuaciones de comprobación y a facilitar cuanta información se exige en el artº. 4.c) del citado Decreto.

Séptima.- Efectuada la selección, la Comisión dará el correspondiente traslado, a la Dirección General de Promoción Educativa, de toda la documentación de los grupos propuestos como, asimismo, Acta de la selección realizada, con el fin de que por el citado Centro Directivo se proceda, mediante Resolución, a la selección definitiva de los grupos.

En el supuesto de denegación de la subvención, la Resolución denegatoria que dicte la Dirección General de Promoción Educativa será motivada.

Octava.- La Consejería de Educación, Cultura y Deportes subvencionará los gastos de los alumnos y profesores seleccionados, en lo concerniente a:

a) El transporte aéreo, marítimo o terrestre correspondiente desde el aeropuerto y/o puerto de origen, hasta la cabecera de ruta y viceversa.

b) Los gastos de transporte por carretera correspondientes al recorrido de cada ruta.

c) Alojamiento y manutención en la cabecera de la ruta.

Novena.- El/la profesor/a cuyos alumnos hayan sido seleccionados, está obligado a preparar con éstos, los itinerarios de la ruta que van a realizar. En función de los objetivos específicos que cada grupo pretende conseguir y de acuerdo con los materiales y orientaciones que reciban desde la coordinación, el alumnado elaborará un breve cuadernillo de ruta, que utilizará durante el desarrollo de la actividad.

Décima.- 1. Cada grupo participante deberá enviar con posterioridad al recorrido de la ruta y en un plazo máximo de dos meses desde su finalización, una Memoria de Evaluación, en tamaño DIN-4 y con una extensión no superior a 10 folios a la Dirección General de Promoción Educativa.

2. La Memoria de Evaluación constará de las siguientes partes:

a) Objetivos realizados: recogerá los objetivos de las Escuelas Viajeras en Canarias, características del grupo y los mecanismos de evaluación de los resultados.

b) Evaluación de los resultados: deberá reflejar, no solo los conocimientos adquiridos, sino también las actitudes suscitadas entre los escolares en la convivencia diaria con otros/as compañeros/as y su nivel de análisis crítico y elaboración de alternativas ante los problemas locales alcanzado por el colectivo.

3. La Memoria presentada acreditará la correcta orientación que se haya seguido de los objetivos generales marcados en las Escuelas Viajeras, sirviendo como punto de referencia en los criterios de selección que se establezcan para sucesivas convocatorias. DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se faculta a la Dirección General de Promoción Educativa para que adopte cuantas instrucciones se estimen necesarias, para el correcto desarrollo de la presente Orden.

Segunda.- La entrada en vigor de la presente convocatoria será el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de febrero de 1992.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Antonio García Déniz.

A N E X O I

CATÁLOGO DE RUTAS

RUTA DE GRAN CANARIA

Zona norte.- Estratos sedimentarios de El Rincón. Mundo aborigen: yacimiento arqueológico del Granero de Valerón. Vías de comunicación: variante de Silva. Recorrido histórico-artístico: Gáldar. Agaete: actividad pesquera; tríptico flamenco. Arucas: el cultivo del plátano.

Las Palmas de Gran Canaria.- Casco histórico: Vegueta, el Museo Canario. El Jardín Botánico Canario “Viera y Clavijo”. Volcanismo: Caldera Bandama.

Zona este y sur.- Otros cultivos de exportación: el tomate. Áreas industriales. El turismo. Un paraje natural: las Dunas de Maspalomas.

Zona centro.- Medianías: poblamiento y cultivos. Origen, formación y evolución insular: Roque Nublo y Calderas. Teror y la arquitectura tradicional.

RUTA TENERIFE

Zona norte.- Costumbres y tradiciones: Casa de Carta en Valle Guerra. Cultivo del plátano: almacén de empaquetado. Garachico y el volcán de 1706: recorrido histórico-artístico. Icod de los Vinos y su Drago.

Valle de La Orotava.- Mirador de Humboldt. Villa de La Orotava. Jardín de Aclimatación. La actividad turística: Puerto de la Cruz.

Santa Cruz de Tenerife.- Museo Arqueológico: la cultura guanche. El Puerto. Península de Anaga: el monteverde. Taganana y su tríptico flamenco. Zona central.- Parque Nacional de Las Cañadas del Teide: formación de Las Cañadas y el estratovolcán Teide. Vegetación y fauna. Itinerario didáctico.

RUTA DE LA GOMERA

Parque Nacional de Garajonay.- Centro de Visitantes. El bosque de laurisilva. El Cedro. Los Roques.

Ruta sur.- Chorros de Epina. Valle Gran Rey: agricultura, transformación y conservación del medio natural.

Ruta norte-sur.- Agulo: agricultura y emigración. Un pintor gomero: José Aguiar. Hermigua: el plátano y su importancia. Museo Etnográfico. San Sebastián: capital administrativa. Monumentos históricos.

Ruta centro-sur.- El Cercado: cerámica popular. Chipude: la Fortaleza. Folklore: el baile del Tambor. Silbo gomero. Alajeró. Playa de Santiago: pesca. El turismo.

A N E X O VII

OBJETIVOS GENERALES

- Lograr un adecuado nivel de conocimiento y comprensión de la isla visitada, en sus diferentes aspectos naturales, históricos y culturales.

- Fomentar la convivencia y cooperación entre los alumnos que coincidan en el recorrido de la ruta, aceptando sus diferencias y potenciando el desarrollo de las capacidades individuales.

- Desarrollar hábitos y actitudes positivas en la defensa y conservación del medio ambiente y del patrimonio, comenzando por el entorno cotidiano de los alumnos.

- Facilitar el despliegue y utilización de una metodología activa y participativa de profesores y alumnos, y el intercambio de experiencias entre los diferentes colegios participantes.

- Ampliar el ámbito de actuación de la escuela, valiéndose de la investigación y diseño de nuevas situaciones de aprendizaje, tanto en la preparación de la actividad, como durante su desarrollo y al finalizar la misma.



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