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BOC Nº 031. Viernes 6 de Marzo de 1992 - 325

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

325 - RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 1992, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Resoluciones a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la oportuna Resolución, como consecuencia de las denuncias o Actas de Inspección formuladas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido en esta Dirección General, por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias.

2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 475/90; TITULAR: Dña. Vicenta María del Carmen Delgado Díaz; ESTABLECIMIENTO: Restaurante Mary; POBLACIÓN: San Andrés-Santa Cruz de Tenerife; HECHO INFRACTOR: no haber remitido a la Administración turística la copia color azul de la Hoja de Reclamación nº 0026064, según se constata en el informe emitido por el Negociado de Registro General; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 7º de la Orden de 13.11.86; CALIFICACIÓN: leve, en base al artículo 8º.g) en relación con el artículo 7º.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril (B.O.C. de 11 de abril de 1986); SANCIÓN: 10.000 pesetas.

2) Nº EXPTE.: 291/91; TITULAR: D. Donato Rodríguez Páez; ESTABLECIMIENTO: Cafetería Orche; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; HECHO INFRACTOR: no dar publicidad a las listas de precios y las deficiencias de limpieza en la zona de mesas, así como las deficiencias en la expedición de la factura, al no especificar en la misma la consumición ni la denominación y categoría del establecimiento, según se desprende de la reclamación y factura adjunta presentada por D. Diego Hidalgo Willis y el Acta de Inspección nº 3106, de 16 de mayo de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículos 10.1 y 3, 11.1 y 15.2 de la Orden de 18.3.65, modificada por las Órdenes de 19.6.70 y 29.6.78; CALIFICACIÓN: leve, en base al artículo 7º.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril (B.O.C. de 11.4.86); SANCIÓN: 30.000 pesetas.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de febrero de 1992.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.

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