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Visto el expediente instruido con fecha 8 de noviembre de 1991, a instancia de D. Luis Ángel Serrano García-Diego en nombre y representación de Viajes Torviscas, S.A., en solicitud de concesión del oportuno título-licencia de agencia de viajes del grupo Minorista.
Resultando que a la solicitud de dicha empresa se acompañó la documentación que previene el artículo 6, en relación con el artículo 5 y demás concordantes del Decreto 231/1987, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Agencias de Viajes en la Comunidad Autónoma de Canarias y en los que se especifican los documentos que han de ser presentados juntamente con la solicitud del otorgamiento del título-licencia.
Resultando que, tramitado el oportuno expediente en la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, aparecen cumplidas las formalidades y justificados los extremos que se previenen en el expresado Reglamento.
Considerando que en la empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Decreto 231/1987, de 18 de diciembre, para la obtención del título-licencia de agencia de viajes del grupo Minorista.
Vistos el Decreto 231/1987, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Agencias de Viajes en la Comunidad Autónoma de Canarias; el artículo 7 del Estatuto Ordenador de las Empresas y de las Actividades Turísticas Privadas, regulado por el Decreto 231/1965, de 14 de enero; el Real Decreto 2.807/1983, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia de turismo; el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; los Decretos de distribución de competencias en materia de turismo 26/1984, de 27 de enero, y 123/1985, de 19 de abril, modificados por el Decreto 23/1987, de 13 de marzo, y la Orden de 9 de junio de 1987, por la que se delega en el Director General de Ordenación e Infraestructura Turística la competencia en materia de concesión y revocación del título-licencia de agencia de viajes,
D I S P O N G O:
Se conceda el título-licencia de agencia de viajes Minorista a Viajes Torviscas, S.A., con Código Identificativo I.C. nº 226, y establecimiento turístico sito en Quiosco Agencia, Urbanización Torviscas, frente parcela nº 1, Adeje, pudiendo ejercer la actividad a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con sujeción a lo preceptuado en el Decreto 231/1987, de 18 de diciembre (B.O.C. de 31 de diciembre de 1987) y demás disposiciones aplicables.
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de enero de 1992.- P.d., el Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Orden de 9 de junio de 1987 (B.O.C. nº 81, de 22.6.87), Carlos González Lázaro.
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