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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Propuesta de Resolución del expediente incoado con motivo de las denuncias o Actas de Inspección formuladas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, R E S U E L V O:
1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.
Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan la presente Resolución, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) Nº EXPTE.: 165/91; TITULAR: Grupo Moda Canario, S.A.; ESTABLECIMIENTO: Pub Pool; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: no haber comunicado a este organismo los precios de algunos productos que ofrece a su clientela. No exhibir, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, las relaciones de servicios y precios aplicados; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 30.1 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artículo 2º y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. Artículo 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artículo 1º y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70; CALIFICACIÓN: leve, en base al artículo 8º.d), en relación con el artículo 7º.d); y artículo 7º.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCIÓN: 20.000 ptas.
2) Nº EXPTE.: 237/91; TITULAR: D. Ralf Dieter Heef; ESTABLECIMIENTO: Bungalows Sun Club Playa del Inglés; POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: continuar la explotación turística de 4 bungalows del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor a la Administración turística canaria, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de transmisión; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos; CALIFICACIÓN: grave, en base al artículo 8º.c) de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCIÓN: 100.001 ptas.
3) Nº EXPTE.: 300/91; TITULAR: D. Adelheid Grees; ESTABLECIMIENTO: Bungalows Sun Club Playa del Inglés; POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: continuar la explotación turística de un bungalow del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor a la Administración turística canaria, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos; CALIFICACIÓN: leve, en base al artículo 8º.c), en relación con el artículo 7º.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCIÓN: 50.000 ptas.
4) Nº EXPTE.: 329/91; TITULAR: D. José Francisco Pérez Betancort; ESTABLECIMIENTO: Cafetería Básico; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de cafetería, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo, que le habilitaría para la apertura y ejercicio de la citada actividad; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 6º de la Orden Ministerial de 18.3.65, de Ordenación Turística de Cafeterías; CALIFICACIÓN: grave, en base al artículo 9º.b), en relación con el artículo 8º.Ll) de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCIÓN: 200.000 ptas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 1991.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.
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