Visto el testimonio de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife, de 30 de octubre de 1991, recaída en el recurso nº 354/90, interpuesto por D. Francisco José Núñez Lourtau, versando impugnación de lista provisional de plazas Proyecto Abaco-Canarias, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:
Fallamos:
Que con desestimación del presente recurso, debemos confirmar el acto recurrido por ser conforme a Derecho.
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la mencionada Sentencia, lo que se hará público en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de diciembre de 1991.
EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, José Antonio García Déniz.
© Gobierno de Canarias