BOC - 1991/163. Jueves 12 de Diciembre de 1991 - 1762

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

1762 - ORDEN de 29 de noviembre de 1991, por la que se adjudican ayudas a centros concertados de Canarias para reparación de establecimientos e instalación de equipos escolares.

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Por Orden de 8 de noviembre de 1991 (B.O.C. nº 150, de 13.11.91), se convocaron ayudas para la reparación de establecimientos e instalación de equipos escolares en los centros concertados de Canarias.

Vistas las peticiones formuladas por los interesados, los informes procedentes y el de la Comisión constituida para tal fin y, en consecuencia, la propuesta de la Dirección General de Promoción Educativa, en el marco de sus competencias esta Consejería ha dispuesto:

Primero.- Conceder las ayudas para reparación de establecimientos e instalación de equipos escolares, previstas en la Orden de 8 de noviembre de 1991, a los centros concertados que se relacionan en el anexo I de esta Orden, por los importes que se señalan y para las atenciones que se expresan.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artº. 54 de la Ley de Procedimiento Administrativo se concede a los centros concertados, relacionados en el anexo II, un plazo de 10 días para aportar la documentación que se indica a fin de resolver sobre las asignaciones que se tienen propuestas por la Dirección General de Promoción Educativa.

Tercero.- Denegar las ayudas solicitadas a los centros concertados, relacionados en el anexo III, por los motivos que en el mismo se expresan.

Cuarto.- Se reitera a los centros a quienes se conceden las referidas ayudas la obligación de cumplimentar, ante la Dirección General de Promoción Educativa, las justificaciones que impone el artículo 9º de la Orden de 8 de noviembre de 1991, con la estricta atención a los plazos señalados y a las responsabilidades que de su incumplimiento se deduzcan.

Quinto.- Contra esta Orden podrán interponer los interesados recurso de reposición, ante esta Consejería y en el término de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

DISPOSICION ADICIONAL

Se faculta a la Dirección General de Promoción Educativa para dictar las directrices que convengan al mejor desarrollo de la presente Orden.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de noviembre de 1991.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, José Antonio García Déniz.



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