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BOC Nº 160. Viernes 6 de Diciembre de 1991 - 1738

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.la Presidencia

1738 - RESOLUCION de 20 de noviembre de 1991, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se reconoce, clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones de Canarias a la “Fundación para la Agricultura Ecológica”.

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Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones de Canarias, de la “Fundación para la Agricultura Ecológica”, con domicilio en Finca Niquiamo, sita en la Villa de Mazo, isla de La Palma.

Resultando que, mediante escritura pública de 4 de octubre de 1991, autorizada por D. José Domingo Fuertes Díaz, Notario del Ilustre Colegio de Las Palmas, y con el número 1599, se procedió por parte de D. Klaus Peter Merckens, D. Pablo Batista Pérez, D. Peter Wolfgang Bard, D. Francisco González Ortega y D. Abilio Fidel Monterrey Gutiérrez, a la constitución de la “Fundación para la Agricultura Ecológica”, domiciliada en Finca Niquiamo, sita en la Villa de Mazo, isla de La Palma, con ámbito territorial en Canarias y de duración ilimitada.

Resultando que a la precitada escritura se adjuntan los estatutos de la Fundación, cuyo tenor literal consta en la certificación también protocolizada.

Resultando que el objeto de la Fundación consiste en el desarrollo, fomento y promoción, sin ánimo de lucro, de la agricultura ecológica.

Resultando que se determina un patrimonio inicial de 10.000 pesetas en metálico y el usufructo por treinta años de la Finca Niquiamo, sita en el término municipal de la Villa de Mazo, de 46 hectáreas, valorado en 5.520.000 pesetas.

Resultando que se establecen los órganos de gobierno de la Fundación y las reglas para la designación de sus miembros, su composición, la duración de sus cargos y sus atribuciones.

Resultando que su Patronato queda compuesto de la siguiente forma: Presidente, D. Klaus Peter Merckens; Vicepresidente, D. Pablo Batista Pérez; Secretario, D. Francisco González Ortega; Tesorero, D. Peter Wolfgang Bard; Vocal, D. Abilio Fidel Monterrey Gutiérrez.

Resultando que dichos señores aceptan sus cargos.

Vista la Ley 1/1990, de 29 de enero, de Fundaciones Canarias.

Considerando que es competente el titular de la Dirección General de Justicia e Interior para reconocer, clasificar y disponer la inscripción, en su caso, de las Fundaciones Canarias.

Considerando que la carta fundacional y los estatutos reúnen los requisitos exigidos en la legislación citada.

Considerando que el domicilio de la Fundación ha quedado establecido en Finca Niquiamo, sita en el municipio de la Villa de Mazo en la isla de La Palma, que los miembros de su órgano de gobierno aceptan sus cargos y que su capital patrimonial inicial es de 10.000 pesetas en metálico y el usufructo por treinta años de la Finca Niquiamo, sita en el término municipal de Villa de Mazo, de 46 hectáreas, valorado en 5.520.000 pesetas.

Considerando que, por los Servicios Jurídicos de la Presidencia del Gobierno, se ha emitido el preceptivo dictamen, que prevé el artículo 84.1.k) del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre.

Considerando la Orden de 24 de agosto de 1991 (B.O.C. nº 113, de 26 de agosto), por la que se encarga el despacho de los asuntos de la Dirección General de Justicia e Interior a la Viceconsejera de Administración Territorial.

En su virtud y en uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 122.3 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, y el artículo 8 de la Orden de 9 de abril,

R E S U E L V O:

Reconocer y clasificar a la “Fundación para la Agricultura Ecológica”, domiciliada en la Finca Niquiamo, sita en el municipio de la Villa de Mazo en la isla de La Palma y ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Canarias con el número 38.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de noviembre de 1991.- El Director General de Justicia e Interior, p.s., la Viceconsejera para las Administraciones Públicas (Orden de 24 de agosto de 1991, B.O.C. nº 113, de 26.8.91), Ana María Oramas González-Moro.

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