BOC - 1991/156. Miércoles 27 de Noviembre de 1991 - 1686

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Turismo y Transportes

1686 - ORDEN de 14 de noviembre de 1991, por la que se amplía el crédito para la concesión de subvenciones a líneas de débil tráfico mantenidas durante 1990, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Por Orden de este Departamento de 14 de marzo de 1991 (B.O.C. nº 51, de 22.4.91), se establece el procedimiento para la concesión de subvenciones a los servicios regulares interurbanos de transporte por carretera que mantengan líneas de débil tráfico, estableciéndose en su artículo 3 que existe un crédito para ello con cargo a la partida 91.16.03.513B.470.00, P.I.: 91.416D.02, de ciento sesenta y un millones ochocientas treinta y dos mil quinientas diez (161.832.510) pesetas.

Ante las numerosas peticiones de las distintas empresas de transporte público regular interurbano de viajeros para compensar las líneas de débil tráfico mantenidas durante el año 1990, se ha considerado necesario aumentar la dotación del mismo para dicho fin.

En su virtud, a propuesta del Director General de Transportes,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se modifica el artículo 3 de la citada Orden de 14 de marzo de 1991, estableciéndose el importe total del crédito disponible para atender las peticiones de las diferentes empresas concesionarias de transporte regular interurbano de viajeros en doscientos sesenta y un millones ochocientas treinta y dos mil quinientas diez (261.832.510) pesetas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de noviembre de 1991.

EL CONSEJERO DE TURISMO Y TRANSPORTES, Miguel Zerolo Aguilar.



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